Procuraduría absuelve a Minprotección, embajador Sabas Pretelt y otros cuatro ex funcionarios por 'yidispolítica'
La Procuraduría declaró inocentes a nivel disciplinario al ministro de Protección Social Diego Palacio y al actual embajador de Colombia en Italia Sabas Pretlet de la Vega.


Por falta de pruebas, la Procuraduría declaró inocentes a nivel disciplinario al ministro de Protección Social Diego Palacio y al actual embajador de Colombia en Italia Sabas Pretelt de la Vega, sindicados inicialmente de supuestamente ofrecer dadivas para apoyar la reelección presidencial de Álvaro Uribe Vélez
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También fueron absueltos el ex vice Ministro del Interior Hernando Angarita, el ex superintendente de notariado y registro José Félix Lauforie y Jorge Noguera, ex director del Das
La Procuraduría determinó también declarar inocente al ex secretario privado del presidente Álvaro Uribe, Alberto Velásquez, de quien no se pudo comprobar que hubiera ofrecido efectivamente a Acción Social y la E.S.E Luis Carlos Galán por el beneficio de Yidis Medina
LA Procuraduría denunció que hay múltiples contradicciones en el testimonio de Yidis Medina entregado a la Corte Suprema, a la Fiscalía e incluso a los medios de comunicación, por eso, no se le da credibilidad a su declaración contra los funcionarios hoy absueltos. En el caso del ex superintendente de notariado y registro José Félix Lauforie se conoció que no se probó la actividad indebida con la visita que hizo al congreso en el momento en que se estaba resolviendo la reelección presidencial. Según la evidencia, el funcionario se encontraba en gestiones con respecto a la ley antitrámite
Detalles del falloEn el fallo de 129 páginas en el que la Procuraduría absuelve al ministro de Protección Social, Diego Palacios y el embajador, Sabas Pretelt y otros cuatro ex funcionarios por la “Yidispolitica” señala que no incurrieron en ilicitud por el abuso de las funciones, prerrogativas y cargos ya que no hubo abuso y desviación de poder para influenciar la voluntad de la congresista Yidis Medina Padilla y aprobar la reelección presidencial
En su determinación el ministerio publico señala que por la falta de comparecencia de la principal testigo en las diligencias adelantadas en la Procuraduría, por razones que ella exclusivamente consideró que configuraban incriminación, comportan que no fue posible establecer,, si su decisión se influenció en las presuntas interferencias del Gobierno Nacional, las cuales no se acreditaron por la ex congresista
Asi mismo se señala que los investigados no excedieron los límites regulatorios de sus actuaciones en tanto que no se acredita que hayan ejercido influencia indebida sobre otro servidor afectando las limitaciones impuestas por el principio de sujeción. En el fallo la Procuraduría señala al referirse al testimonio de Yidis Medina dice que “observa el Despacho que la pieza probatoria mencionada no ofrece elementos de convicción suficientes para endilgar compromiso disciplinario, dado que no se obtuvo la declaración del entrevistador en presencia de los investigados en aras de garantizarles el derecho de defensa y el debido proceso, pilares fundamentales que deben orientar toda actuación administrativa, para el caso de resorte disciplinario y atendiendo que al operador, en la imputación de conductas de esta naturaleza le corresponde revestir a los investigados de las garantías que ofrece el ordenamiento jurídico”
Del conjunto de piezas probatorias, observa la Procuraduría que en el nombramiento efectuado al Carlos Correa Mosquera, como Director de la Clínica 1º de Mayo de Barrancabermeja no tuvo injerencia directa el señor Ministro de la Protección Social, quien a la postre no es mencionado por la ex congresista Yidis Medina Padilla en la entrevista que le brindó a Daniel Coronell como uno de los presuntos funcionarios que le ofrecieron dádivas a cambio de obtener su voto favorable en el Proyecto de Reelección
Dice el ministerio publico que son contradictorias las afirmaciones de la congresista tanto en el video que filmó en presencia del periodista Daniel Coronell con las efectuadas en la diligencia de indagatoria, razones que incluso serían suficientes para desestimar, de forma adicional a los aspectos señalados sobre la falta de vigor probatorio de tales pruebas
Asi mismo se habl de “incongruencia” de los relatos, toda vez que mientras en el video afirma que el Ministro de la Protección Social no le hizo ningún ofrecimiento laboral, en la diligencia de indagatoria señala que le colaboró en el nombramiento del Director de la Clínica 1º de Mayo; mientras que en el video refiere que le ofrecieron un nombramiento en la Red de Solidaridad Social sin precisar que hubiera sido Alberto Velásquez, en la diligencia de indagatoria aduce que éste servidor fue quien le ofreció dicho cargo y para culminar las imprecisiones, menciona en el video, que el ofrecimiento para la designación del candidato del SENA Regional surgió de la reunión con Sabas Pretel De La Vega, mientras que en la indagatoria atribuye que fue el Bernardo Moreno quien le hizo esta manifestación
Durante el fallo la Procuraduría insistió que de la valoración del material probatorio, se concluye que los investigados “no incurrieron en ilicitud sustancial, no abusaron de sus funciones, prerrogativas y cargos y no otorgaron la vinculación de recomendados de la servidora pública Yidis Medina Padilla con ocasión o por razón del trámite del proyecto de Acto Legislativo”




