Procuraduría avala el decreto que endurece las penas para los dueños de pirámides
Con la modificación de la norma se redosificó la pena pues se pasó de una entre dos años y seis meses y 9 años de prisión a una de entre 10 a 20 años de prisión.
La Procuraduría solicitó a la Corte Constitucional declarar exequible el decreto legislativo 4336 de 2008, por medio del cual se aumentó la pena de quienes incurran en el delito de captación ilegal de dinero y se creó un tipo penal sin no son devueltos los dineros captados de manera ilegal
Precisó el Ministerio Público que la medida se tomó para conjurar las causas de la emergencia social originadas por las llamadas "pirámides"
Con la modificación de la norma se redosificó la pena pues se pasó de una entre dos años y seis meses y 9 años de prisión a una de entre 10 a 20 años de prisión, así mismo se estableció una pena de 8 a 15 años para quien no reintegre lo recaudado
En criterio del Ministerio Público las medidas son idóneas y proporcionales al fin que con ellas se persigue, su necesidad es evidente y con su adopción no se exceden los límites constitucionales impuestos en la Carta Política de 1991




