Los guardianes de las cárceles no pueden asumir como riesgo la muerte
La sección tercera del Consejo de Estado Condenó al INPEC por un ataque de las FARC a la cárcel de San Isidro de Popayán en el que murió un guardián.
La sección tercera del Consejo de Estado Condenó al INPEC por un ataque de las FARC a la cárcel de San Isidro de Popayán en el que murió un guardián
Con ponencia del magistrado Mauricio Fajardo se encontró que en este ataque ocurrido el 23 de mayo de 1998 no solo dispararon los guerrilleros desde el exterior del penal sino también los internos y por estos hechos murió el guardián, Luis Flaminio Pérez
El alto tribunal encontró que pese a las advertencias de la deficiencia de seguridad y que la estructura de la cárcel era débil por cuenta de un motín en 1997 cuando las paredes y otros sitios fueron afectados
“Los riesgos propios de la profesión de guardián no incluyen muerte por daños imputables a la administración ni por cruce de disparos entre la fuerza publica y los internos” sentencio el alto tribunal
En la sentencia se evidenció que hubo un riesgo adicional, pues el Ejército llegó disparando indiscriminadamente
Frente a esto, el Consejo de Estado considera que el INPEC asumió una actitud pasiva y se limitó a decir que no era posible garantizar la seguridad del penal bajo el argumento de que las condiciones físicas de la cárcel resultaban ser altamente peligrosas, no hubo control ni se ofrecieron condiciones dignas ni seguras que habitabilidad para los reclusos y para el personal que ingresaba a la cárcel




