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Oferta presidencial a guerrilleros desata polémica nacional

La oferta del presidente Uribe a guerrilleros que se desmovilicen y entreguen secuestrados, encendió una dura polémica a nivel nacional.

El presidente Álvaro Uribe aseguró que los guerrilleros que se desmovilicen y ayuden a liberar a los secuestrados, tendrán garantizada la libertad y una recompensa, así hayan cometido delitos de lesa humanidad. El mandatario explicó que se utilizaría la figura de Acuerdo Humanitario, que inicialmente estaba pensada para liberar a los guerrilleros de las cárceles en caso de un canje, para concederle la libertad al guerrillero que traiga consigo secuestrados. "Si hay un intercambio humanitario unos tienen que salir de la cárcel y otros salen del cautiverio del secuestro. En este caso nosotros asimilamos la libertad que se le ofrece a los guerrilleros, cualquiera sea la naturaleza del delito en que estén incursos, la asimilamos a un intercambio humanitario", explicó el mandatario. De esta manera el gobierno ofrece todas las garantías para que los guerrilleros que salgan de las filas y liberen secuestrados puedan gozar de libertad y además sean beneficiados con una recompensa pecuniaria. De esta manera no habría que aplicar ni la figura de indulto ni la de amnistía para estos guerrilleros que liberen secuestrados, porque en caso de que hayan cometido delitos de lesa humanidad, sería ilegal. Por eso se apela a la figura de Acuerdo Humanitario. Libertad por delitos atroces no es posible: fiscal Iguarán El fiscal General de la Nación, Mario Iguarán, consideró que la propuesta del presidente Álvaro Uribe de conceder la libertad a guerrilleros que regresen a los secuestrados, así estén incursos en delitos de lesa humanidad, no es viable. Iguarán dijo que la normatividad vigente es muy clara en que se puede aplicar la Ley 782 (o de orden público) porque según la jurisprudencia, para ellos no se aplica el concierto para delinquir agravado y en ese caso es procedente indultarlos. "Pero igualmente es muy clara la normatividad que cuando se trata de delitos no indultables, pues no es procedente ni el principio de oportunidad ni el indulto ni auto inhibitorio ni cesación de procedimiento", dijo Iguarán.

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