Pese a las amenazas en su contra, Senador Name logra que aprueben ley antitabaco
José David Name, logró que el Senado de la República aprobara en su segundo debate el proyecto de ley antitabaco sobre espacios libres de humo de cigarrillo.
Luego de haber recibido amenazas contra su vida , así como intimidaciones e intentos de soborno, el Senador del Partido de la U, José David Name, logró que el Senado de la República aprobara en su segundo debate el proyecto de ley antitabaco sobre espacios libres de humo de cigarrillo. Hace varios días recibió llamadas a sus números celulares y a su oficina donde lo insultaron y hasta le dijeron que si el proyecto era aprobado su vida correría peligro, incluso dijo que un extraño le ofreció 500 millones de pesos para retirar el proyecto. La inciativa que pasó a la Cámara de Representantes instrumenta en Colombia la cultura y generación de espacios libres de humo, destacándose la prohibición absoluta de fumar en establecimientos públicos o privados de hasta 200 metros cuadrados, así como la venta de cigarrillos a menores de edad, tal y como ocurre con el licor. De acuerdo con el texto aprobado, la Policía Nacional tendrá la función de vigilar y controlar que en los establecimientos donde opera la prohibición se cumpla y en caso de incumplimiento total o parcial, deberá tomar las medidas correspondientes, mientras que el Ministerio de Protección Social y sus delegados, tienen la función de fiscalizar y cooperar con el cumplimiento de la ley. Fases para la aplicación de la ley La ley se aplicará a todos los establecimientos comerciales o de servicio, cuyas instalaciones sean cerradas y de acceso público, dentro del territorio nacional y entrará en vigencia en dos fases, así: 1. Primera fase: Seis meses a partir de su publicación para: a) Los establecimientos cerrados, públicos y privados, de un área hasta de 200 metros cuadrados b) Los centros educativos, técnicos y universitarios, públicos y privados. 2. Segunda fase: Un año a partir de su publicación para: Los establecimientos cerrados, públicos y privados, de un área mayor a 200 metros cuadrados. Las clasificaciones de la ley El legislador decide prohibir fumar productos del tabaco, en todos los espacios cerrados de acceso público, teniendo en cuenta la siguiente clasificación: PROHIBICION ABSOLUTA: Es aquella en la que no se permitirá fumar productos del tabaco. Habrá lugar a prohibición absoluta en aquellos lugares cerrados de acceso público, cuya área en metros cuadrados sea hasta de 200 metros. PROHIBICIÓN RELATIVA: Es aquella en la que se permitirá fumar productos del tabaco, en zonas especiales, dentro de los establecimientos comerciales y de servicio, cuando su área en metros cuadrados sea superior a 200 metros. Instrumenta en Colombia la cultura y generación de espacios libres de humo, destacándose la prohibición absoluta de fumar en establecimientos públicos o privados de hasta 200 metros cuadrados, así como la venta de cigarrillos a menores de edad, tal y como ocurre con el licor. La ponencia favorable a la iniciativa correspondió al senador Ricardo Arias Mora, quien introdujo algunas modificaciones al texto propuesto que fueron de buen recibo por parte de su colega Name Cardozo. La ley tiene por objeto promover y madurar la cultura y generación de los espacios libres de humo, de acceso público en el marco de la prohibición de fumar productos del tabaco en espacios cerrados, públicos y privados; con la finalidad de velar por un ambiente sano libre de Aire Contaminado por Humo de Tabaco (ACHT), en torno a la salubridad pública y el desarrollo sostenible del ambiente. De acuerdo con el texto aprobado, la Policía Nacional tendrá la función de vigilar y controlar que en los establecimientos donde opera la prohibición se cumpla y en caso de incumplimiento total o parcial, deberá tomar las medidas correspondientes, mientras que el Ministerio de Protección Social y sus delegados, tienen la función de fiscalizar y cooperar con el cumplimiento de la ley.




