Se acabará "guerra del centavo" hospitalario
La Corte Constitucional emitió un fallo que ordena fijar las tarifas mínimas que pueden cobrar las clínicas y los hospitales por la venta de sus servicios a las EPS y ARS.
La Corte Constitucional emitió un fallo que ordena al ministerio de Protección Social fijar las tarifas mínimas que pueden cobrar las clínicas y los hospitales por la venta de sus servicios a las EPS y ARS. La Corte consideró constitucional el artículo 146 del Plan Nacional de Desarrollo que ordena la creación de un "manual tarifario" que regule los costos de los servicios médicos que ofrecen las 1.600 instituciones hospitalarias que existen en el país a las compañías aseguradoras. Según Juan Carlos Giraldo, director de la Asociación de Clínicas y Hospitales, esta decisión permitirá que los centros asistenciales compitan con calidad y no con precios bajos, lo que favorece a las EPS y ARS. "Esa falta de un piso tarifario generaba prácticas peligrosas en el sector, donde se presentaba una guerra del centavo para mantener los contratos", aseguró Giraldo. Sostuvo que las EPS y los prestadores de servicios de salud han avanzado en la definición de tarifas, por lo que el ministerio de Protección Social ya tiene un panorama claro en la estructuración del "manual tarifario".




