La Universidad del Tolima no puede discriminar afrodescendientes, dice la Corte
La Corte Constitucional le ordenó a la Universidad del Tolima que admita a una joven afrodescendiente, a quien le habían negado la posibilidad de estudiar Administración de Empresas en ese centro universitario, porque supuestamente en Ibagué no hay comunidad afrocolombiana.
La Corte Constitucional le ordenó a la Universidad del Tolima que admita a una joven afrodescendiente, a quien le habían negado la posibilidad de estudiar Administración de Empresas en ese centro universitario, porque supuestamente en Ibagué no hay comunidad afrocolombiana.La joven había solicitado su ingreso a la Universidad del Tolima, por medio de uno de los cinco cupos asignados para las minorías étnicas, pero las directivas se lo negaron alegando que no cumplía con los requisitos para ingresar al centro educativo.El Secretario Académico de la Universidad alegaba que la joven no había cursado el bachillerato en Ibagué, y que además la autonomía universitaria les permitía decidir la forma en que se asignan los cupos para estudiantes pertenecientes a comunidades indígenas y afrodescendientes.La Corte advirtió que "la existencia de una comunidad afrodescendiente no depende de la ubicación de sus miembros en un sitio específico del territorio, como lo ha establecido la Universidad del Tolima".El Alto Tribunal recordó que el "Estado colombiano reconoce y garantiza a las comunidades negras el derecho a un proceso educativo acorde con sus necesidades y aspiraciones etnoculturales".Agrega que la obligación del Estado es "adoptar las medidas necesarias para que en cada uno de los niveles educativos, los currículos se adapten a esta disposición”.




