Una tutela de la Corte Suprema abre la puerta para que se caigan los 'muros de la infamia'
La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia falló una acción de tutela a favor de un hombre condenado a seis años y medio de cárcel por haber violado a uno de sus hijos, menor de 14 años, y ordenó retirar su fotografía e identidad de los llamados "muros de la infamia", por considerar que esa publicación puede aumentar la angustia y el dolor de los niños víctimas del abuso sexual.
La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia falló una acción de tutela a favor de un hombre condenado a seis años y medio de cárcel por haber violado a uno de sus hijos, menor de 14 años, y ordenó retirar su fotografía e identidad de los llamados "muros de la infamia", por considerar que esa publicación puede aumentar la angustia y el dolor de los niños víctimas del abuso sexual.Los magistrados consideran en el fallo que "publicar la foto del delincuente no garantiza ni protege los derechos de la niñez", y además señalan que aunque la divulgación de la identidad de los violadores permitiría que los menores de edad identifiquen a sus agresores, "se olvida el impacto negativo que el retrato del victimario puede ocasionar en la víctima".La tutela fue concedida a este hombre, al amparo del derecho al buen nombre, a la honra y al debido proceso.De igual forma explicaron los integrantes de la Sala Penal de la Corte que la publicación de los rostros de los agresores sexuales en vallas y en la televisión, puede en algunos casos aumentar la angustia de los menores que fueron víctimas de una violación.Según los magistrados, la medida adoptada mediante un acuerdo del Concejo de Bogotá no solamente afecta los derechos de los violadores, sino que también "se atenta contra los derechos a la dignidad y a la honra de las personas que lo rodean, como su esposa, padres, hermanos e hijos, que pueden ser también menores de edad"."Mientras la medida intenta brindar protección a un sector de la población infantil (víctimas), podría terminar desamparando a otro (los descendientes del condenado), y lesionando sus derechos fundamentales como la tranquilidad, la intimidad o la recreación", agrega la sentencia.La protección, aclara la tutela es transitoria y sólo estará vigente "mientras la jurisdicción de lo contencioso administrativo resuelve en forma definitiva el asunto".




