Empleados pueden tener archivos personales en sus computadores
La Corte Constitucional determinó que los empleados también tienen derecho a guardar archivos y cosas personales que no pueden ser vulnerados por los patronos, entre sus herramientas de trabajo como pueden ser los computadores
La Corte Constitucional determinó que los empleados también tienen derecho a guardar archivos y cosas personales que no pueden ser vulnerados por los patronos, entre sus herramientas de trabajo como pueden ser los computadores.El pronunciamiento se hizo en desarrollo de una tutela interpuesta por una mujer a la que le fue hallado en el computador de trabajo unas fotos semidesnuda que le había tomado su hija cuando ella dormía.Las fotos fueron encontradas por el contador de la empresa quien las mostró a los demás compañeros, e incluso a los miembros de la junta directiva de la empresa, quienes la presionaron para que renunciara.Ante esta situación, la Corte Constitucional señala que el hecho de que se trate de una herramienta de trabajo compartida no autorizaba a ningún miembro de la institución al los archivos personales ajenos y menos a la extracción, exhibición y uso de información .Señala el alto tribunal que a la organización le hubiera bastado con un informe sobre el uso indebido de lo que se consideraba algo "inmoral".œEl problema no son las imágenes sino su divulgación y la sustracción de la información sin autorización de su titular lo que se constituye en un proceder transgresor de los derechos a la intimidad personal œ, dice la sentencia.No puede considerarse, que por el hecho que la información estuviera en el computador institucional es una forma de consentimiento implícito para que la información sea expuesta o extraída por parte de los patronos o compañeros afirma la corte constitucional.El alto tribunal al referirse a este caso dice que la relación laboral no autoriza la invasión en la vida privada .




