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Juez ordena el arresto del ex presidente mexicano Echeverría por genocidio de 1968

Un juez mexicano ordenó hoy la detención del ex presidente Luis Echeverría, acusado de genocidio por una matanza de estudiantes cometida el 2 de octubre de 1968.

Un juez mexicano ordenó hoy la detención del ex presidente Luis Echeverría, acusado de genocidio por una matanza de estudiantes cometida el 2 de octubre de 1968.
La orden de arresto de Echeverría, de 84 años, fue librada por el juez Ricardo Paredes, del Segundo Tribunal Unitario, quien revocó la decisión en primera instancia de un magistrado que había exonerado en julio al ex mandatario por prescripción del delito de genocidio.
El juez Paredes consideró fundados los elementos para "hacer probable la responsabilidad" de Echeverría, quien gobernó México de 1970 a 1976 y fue ministro de Gobernación (Interior) durante la matanza de unos 40 de estudiantes, aunque extraoficialmente se habla de fueron entre 200 a 300 personas las víctimas.
El 30 de junio, el titular del Juzgado 15 Penal de la capital mexicana ordenó el arresto domiciliario del ex mandatario por el delito de genocidio, pero el 8 de julio el mismo juez determinó que el delito había prescrito, por lo que ordenó su libertad.
Echeverría había afrontado el proceso penal bajo arresto domiciliario debido a su edad, por lo que se prevé que este nuevo proceso también se desarrolle en las mismas condiciones, debido a que la ley mexicana contempla que los inculpados de avanzada edad deben ser procesados bajo arresto domiciliario.
La orden de arresto y el procesamiento del ex presidente se emite poco antes de concluir el gobierno del presidente Vicente Fox, que creó la Fiscalía Especial para Movimientos Sociales y Políticos del Pasado, que investiga la "guerra sucia" contra movimientos de izquierda, sindicalistas y estudiantes entre las décadas de 1960 a 1980.
El juez Paredes afirmó que Echeverría era el responsable de la entonces llamada Dirección Federal de Seguridad y del "denominado Batallón Olimpia", uno de los grupos que participaron en los hechos del 2 de octubre de 1968.
El juez consideró que el "Batallón Olimpia" y otras fuerzas abrieron fuego "contra los estudiantes y una multitud congregada, perpetrando delitos contra la vida de un número considerable de personas, y con el propósito de destruir totalmente al grupo nacional identificado como 'movimiento estudiantil de 1968'".
El magistrado argumentó su decisión en que el delito no ha prescrito debido a que "el conteo original del lapso de treinta años para la prescripción debe comenzar a contar el día de los hechos, que es el 2 de octubre".
No obstante, indicó que en dos ocasiones se suspende la contabilidad de los años debido a que Echeverría estaba protegido por el fuero constitucional; la primera vez por ser secretario de Gobernación (Interior) y la segunda por haber sido Presidente del 1 de diciembre de 1970 al 30 de noviembre de 1976.
Precisó que en el primer caso el cómputo comenzaba el 11 de noviembre, después de que el ex mandatario presentó su renuncia al cargo de ministro, y en el segundo continúa tras su relevo en el cargo, después del 1 de diciembre de 1976.
"El plazo de 30 años para la prescripción, empezó a correr de nuevo, a partir del 1 de diciembre de 1976; por lo que habría fenecido al 30 de noviembre de 2006", indicó el comunicado del tribunal.
Por su parte, el abogado de Echeverría, Juan Velázquez, dijo a los medios de comunicación que apelarán la decisión por considerar que el delito sí ha prescrito y que pretenden demostrar que nunca existió el delito de genocidio.

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