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Corte Constitucional: “Enfermos terminales no pueden quedar desamparados”

En un fallo de tutela, la Corte Constitucional sentenció que las secretarías de salud departamentales están en la obligación de atender a los enfermos terminales que no se encuentren afiliados en el sistema público de salud

En un fallo de tutela, la Corte Constitucional sentenció que las secretarías de salud departamentales están en la obligación de atender a los enfermos terminales que no se encuentren afiliados en el sistema público de salud.
Con este argumento los magistrados ordenaron a la Secretaría de Salud de Santander, la práctica de todos los procedimientos y el suministro de los medicamentos a un paciente terminal de sida.
Se trata de Hernando Ortiz Carvajal, quien sufrió un agravamiento de su salud por cuenta del VIH mientras permanecía recluido en la cárcel Modelo de Bucaramanga, por esta razón le concedieron el beneficio de la detención domiciliaria.
Sin embargo, teniendo la casa por cárcel nadie se hizo responsable de su atención en salud, debido a que no se encontraba inscrito en el sistema público. Frente a esta circunstancia, la Corte precisó que “por tratarse de una enfermedad catastrófica corresponde no al municipio, sino al departamento, asumir la prestación del tratamiento y los medicamentos a los enfermos terminales”.

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