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La Corte Interamericana de DDHH vuelve a condenar a Colombia

La Corte Interamericana de Derechos Humanos, con sede en San José, condenó al Estado de Colombia por el caso de la matanza de Pueblo Bello, en la que murieron seis personas y desaparecieron forzadamente otras 37 en enero de 1990.

La Corte Interamericana de Derechos Humanos, con sede en San José, condenó al Estado de Colombia por el caso de la matanza de Pueblo Bello, en la que murieron seis personas y desaparecieron forzadamente otras 37 en enero de 1990.
La Corte indicó en su sentencia, con fecha del 31 de enero y anunciada hoy, que "el Estado violó, en perjuicio de seis personas (...), los derechos a la vida, a la integridad personal y a la libertad personal" de las víctimas.
También señaló que el Estado colombiano violó los derechos y garantías judiciales de los familiares de los muertos y desaparecidos en esa matanza.
La Corte ordenó al Estado colombiano indemnizar a los familiares de las 43 víctimas con 2,73 millones de dólares por daño material, y a cada familia de las víctimas con distintos montos superiores a los 30.000 dólares por concepto de daños inmateriales.
Colombia también deberá "activar y completar eficazmente en un plazo razonable" la investigación para determinar la responsabilidad de todos los partícipes en la masacre, según la sentencia.
El Estado colombiano deberá adoptar medidas para "que las violaciones a los derechos humanos cometidas sean efectivamente investigadas con el fin de evitar la repetición de hechos como la masacre de Pueblo Bello", asegura la sentencia.
También ordena al Estado colombiano "buscar e identificar a las víctimas desaparecidas", entregar los restos mortales a los familiares y "cubrir los gastos de entierro".
La Corte también instruyó a Colombia a realizar, en el plazo de un año, un acto de disculpa pública y reconocimiento de responsabilidad internacional, así como construir "un monumento apropiado y digno para recordar la masacre".
El 23 de marzo de 2004, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) sometió ante la Corte una demanda contra Colombia por la masacre de Pueblo Bello.
En ella aseguró que se trató de un "acto de justicia privada a manos de los grupos paramilitares liderados por Fidel Castaño en el Departamento de Córdoba, perpetrado con la aquiescencia de agentes del Estado".
Hasta entonces, los tribunales colombianos habían esclarecido el destino de seis de los 43 desaparecidos y diez de los aproximadamente 60 involucrados han sido juzgados, de los cuales tres se encuentran encarcelados.
Debido a esto, la Comisión consideró que "el Estado aún no ha cumplido en forma integral con su obligación de esclarecer los hechos, juzgar a todos los responsables en forma efectiva y recobrar los cuerpos del resto de las víctimas".
La sentencia de la Corte, entidad con sede en San José de Costa Rica, se produjo en el LXX Período Ordinario de Sesiones del alto tribunal, celebrado del 30 de enero al 9 de febrero de 2006.
La Corte es una institución judicial autónoma de la Organización de Estados Americanos (OEA), cuyo objetivo es la aplicación e interpretación de la Convención Americana de Derechos Humanos.

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