Destituyen miembros de la Policía Nacional en caso "Guaitarilla"
Por haber incurrido en el delito de concierto para delinquir en los hechos relacionados con el enfrentamiento entre un grupo de la Policía y el Ejército,en Guaitarilla, Nariño, la Procuraduría destituyó e inhabilitó por un término de cinco años a dos miembros de la Policía Nacional
Por haber incurrido en el delito de concierto para delinquir en los hechos relacionados con el enfrentamiento entre un grupo de la Policía y el Ejército,en Guaitarilla, Nariño, la Procuraduría destituyó e inhabilitó por un término de cinco años a dos miembros de la Policía Nacional.La determinación disciplinaria, afecta a quienes para la época de los hechos se desempeñaban como comandante operativo de la Policía de Nariño, el coronel Jorge Enrique Barón Blanco y el comandante de la SIJIN de Nariño, capitán Livio Germán Castillo Villarreal. Por estos hechos registrados el 19 de marzo del 2004 siete policias y un civil resultaron muertos.Según el Ministerio Público ambos funcionarios organizaron un operativo para desplazarse al municipio de Consacá, con el objetivo de conocer supuestamente de una extorsión que estaba realizando un grupo de Autodefensas que delinque en esa zona. Esta versión fue desvirtuada por la Procuraduría al comprobar que se realizaron no uno, sino dos operativos, con el propósito de apoderarse de una cantidad indeterminada de cocaína que se encontraba en un laboratorio situado en cercanías de los municipios de Guaitarilla y Consacá, cerca del río Guaitará.Señaló así mismo que para el operativo los servidores no sólo hicieron uso de vehículos y armamento de largo alcance de la Policía, también les suministraron armas a los particulares miembros de una banda delincuencial denominada œLos Tiritingos, quienes encabezaron la caravana de la noche. Las pruebas recaudadas permitieron inferir que el coronel Barón Blanco al igual que el Capitán Castillo Villarreal, propiciaron y facilitaron el desarrollo de acciones encaminadas a constatar el sitio donde se encontraba el laboratorio, al ordenar los dispositivos. El oficial Castillo Villarreal manifestó haber organizado el operativo de la mañana, sin explicar claramente la misión que estaban realizando, la cual fue desvirtuada con las pruebas allegadas al proceso. Así las cosas, a los servidores se les reprocha el haber incumplido con sus deberes funcionales y haber vulnerado aquellos relativos a desplazamientos, operativos rurales y manejo de informantes.En la misma decisión el Ministerio Público ordenó suspender en el ejercicio del cargo por el término de 30 días sin derecho a remuneración e inhabilidad para ejercer funciones públicas, a quien para la época de los hechos se desempeñaron como subdirector operativo del Gaula Nacional, jefe del Área de Coordinación y Control General de la misma dirección y al teniente coronel Humberto Guatibonza Carreño, por omisión grave en relación con ambos operativos. En su concepto, el servidor debió solicitar los apoyos pertinentes al Ejército Nacional y al Comando de Departamento para controlar la legalidad de dichos desplazamientos y evitar el trágico hecho. Ordenó así mismo, absolver al agente Wilson Saled Bernal Villada, quien informó del hecho, por no estar probada su participación directa en los hechos irregulares. Sin embargo, decidió compulsar copias a la Procuraduría Regional de Nariño para que investigue la conducta del agente Bernal Villada y del capitán Yepes Mejía por una posible manipulación de pruebas de los hechos ocurridos ese día. De igual forma, pese a haber ordenado su absolución, se compulsarán copias a la Provincial de Pasto y a la Fiscalía Seccional de esa ciudad para que investiguen el proceder del subintendente Carlos Américo Chávez Loaiza, quien pudo haber incurrido en omisión de denuncia, al no revelar las actuaciones irregulares de sus compañeros el día de los operativos, ni el motivo por el cual estando en listado para participar en el operativo de la noche, descendió del vehículo y abandonó a sus compañeros. La falta de los funcionarios sancionados, el teniente Coronel Barón Blanco y el capitán Castillo Villarreal fue calificada por la Procuraduría Delegada para la Policía Nacional como gravísima y atribuida a título de dolo, porque actuaron a pesar de conocer sus responsabilidades, violando todos los procedimientos establecidos para desplazamientos del grupo GAULA en actividades antiextorsión y secuestro, sin justificación alguna. De otra parte, la falta del oficial Guatibonza Carreño fue calificada como grave a título de culpa, dado que omitió de manera negligente efectuar los controles necesarios a través del Comando de Departamento para que el grupo GAULA Regional Pasto cumpliera a cabalidad las normas y no incurriera en actos ilegales. Contra estas decisiones procede el recurso de apelación. Finalmente, la Procuraduría señaló que no es la primera vez que en el curso de investigaciones disciplinarias que adelanta, encuentra fallas relacionadas con el control que las autoridades policiales deben ejercer sobre las actividades que cumplen sus miembros, considerando que la primera responsabilidad en el control de estos funcionarios, recae en la propia institución.




