Aprueban la eliminación de beneficios penales para los violadores de niños
Los autores de delitos y agresiones contra los menores de edad no podrán recibir ningún tipo de beneficios penales y deberán purgar pena efectiva de prisión con el máximo establecido en los códigos para el correspondiente hecho punible
Los autores de delitos y agresiones contra los menores de edad no podrán recibir ningún tipo de beneficios penales y deberán purgar pena efectiva de prisión con el máximo establecido en los códigos para el correspondiente hecho punible. Así se contempla en un proyecto de ley que fue votado en forma unánime en primer debate por la Cámara de Representantes. La iniciativa elimina los llamados "subrogados" penales que pueden beneficiar a los reos, y por ello modifica artículos de los códigos Penal y de Procedimiento Penal. Violadores, secuestradores, agresores, quienes inducen a la prostitución o el trabajo de menores de edad, no podrán invocar beneficios penales como la detención domiciliaria; la extinción de la acción penal por el principio de oportunidad; la suspensión condicional de la pena; la reducción de la condena por trabajo, estudio o buen comportamiento, ni la sustitución de la ejecución de la pena.




