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Las víctimas de ultrajes sexuales no podrán ser obligadas a someterse a los exámenes legistas, sentenció la Corte

El presidente de esta corporación, Manuel José Cepeda, dijo que con el fallo se evita una doble victimización de la persona objeto de violencia sexual

El presidente de esta corporación, Manuel José Cepeda, dijo que con el fallo se evita una doble victimización de la persona objeto de violencia sexual.
Sólo con el consentimiento de la víctima de una agresión sexual se pueden realizar los exámenes legistas para la recolección de pruebas, se lo contrario se violan los derechos a la dignidad, a la intimidad, y a la autodeterminación. .
Muchas personas víctimas de ultrajes sexuales se quejan que los exámenes para la recolección de pruebas que convierten en "una segunda agresión".
La Corte ordena que a quienes admitan la realización de estas pruebas se les debe respetar los principios de humanidad, confiabilidad y seguridad; además de respetar la dignidad de la víctima.
Sólo existe una excepción y es la realización de los exámenes corporales cuando el delito que se investiga es de lesa humanidad y no existe ninguna otra formar para establecer la responsabilidad o inocencia de un acusado.

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