El Estado tiene que responder por los actos de sus funcionarios así estos no sean individualizados
El Consejo de Estado sentenció que basta con demostrar que un hecho fue cometido por un agente oficial, así este no sea individualizado o identificado, para establecer la responsabilidad estatal
El Consejo de Estado sentenció que basta con demostrar que un hecho fue cometido por un agente oficial, así este no sea individualizado o identificado, para establecer la responsabilidad estatal. La sección tercera condenó a la Nación a pagar una millonaria suma de dinero por los perjuicios morales que causó a una familia de Buenaventura, por el asesinato de su hijo a manos de un agente de la Policía que estaba en servicio. Los hechos se registraron en octubre de 1993 en una cancha de fútbol ubicada en la Galería Bellavista, hasta donde llegaron varios policías y uno de ellos llamó a Henry Viveros Berrio y le propinó seis impactos de bala causándole la muerte. El Consejo de Estado revocó la sentencia del Tribunal Administrativo del Valle del Cauca, al comprobar que según los testigos los agentes incluyendo el homicida que no fue individualizado, estaban de servicio, vestían prendas oficiales, se movilizaban en vehículo de la Policía, y se presume que portaban armas de dotación oficial.




