Con cárcel serán sancionados los conductores ebrios o drogados
Con multas equivalentes a 60 salarios mínimos y arrresto de 72 horas serán sancionados los conductores que sean sorprendidos en estado de embriaguez o bajo los efectos de sustancias alucinogenas
Con multas equivalentes a 60 salarios mínimos y arrresto de 72 horas serán sancionados los conductores que sean sorprendidos en estado de embriaguez o bajo los efectos de sustancias alucinogenas.El Senado de la República aprobó en segundo debate un proyecto de ley que modifica el Código de Transito.La norma señala que en caso de reincidencia dentro del año siguiente a la primera infracción cometida, el conductor se hará acreedor a la suspensión de su licencia por tres años, el vehículo será inmovilizado e incurrirá en arresto inconmutable de 72 horas. En esta caso la sanción pecuniaria será equivalente a 120 salarios mínimos diarios legales vigentes.




