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Consejo de Estado defendió derechos de reinsertados ubicados en conjuntos residenciales

El Consejo de Estado negó una tutela elevada por habitantes del barrio Prado Centro de Medellín, en la que advertían que la presencia de un asentamiento de desmovilizados violaba su derecho a un medio ambiente sano, a la seguridad, a la salubridad pública, y al buen nombre

El Consejo de Estado negó una tutela elevada por habitantes del barrio Prado Centro de Medellín, en la que advertían que la presencia de un asentamiento de desmovilizados violaba su derecho a un medio ambiente sano, a la seguridad, a la salubridad pública, y al buen nombre.
Según la sentencia del este Tribunal la presencia del un grupo de reinsertados no representa perjuicio irremediable para la comunidad.
Admite que si bien la presencia, comportamiento y costumbres de los desmovilizados pueden llegar a ser molestas para la comunidad del barrio Prado Centro, ésta situación no viola sus los derechos fundamentales, porque quienes están vinculados al Programa de Reinserción del Gobierno tienen los mismos derechos que la constitución otorga a todos los colombianos, y en consecuencia sería discriminatorio obligarlos a salir de allí.

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