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Se debe reconocer las vacaciones a los trabajadores que sean desvinculados antes de cumplir un año

La Sala Plena de la Corte Constitucional sentenció que los trabajadores que sean desvinculados de sus labores antes de cumplir un año de contrato, tienen derecho a que sus patronos les reconozcan sus vacaciones

La Sala Plena de la Corte Constitucional sentenció que los trabajadores que sean desvinculados de sus labores antes de cumplir un año de contrato, tienen derecho a que sus patronos les reconozcan sus vacaciones.
Hasta la fecha, las empresas no estaban obligadas a pagar compensación en dinero a los trabajadores vinculados bajo contrato a término indefinido, si este cesaba antes de cumplir un año de vigencia.
Así las cosas, los trabajadores a término indefinido tendrán la prerrogativa que se les reconoce a quienes están vinculados a término definido, quienes disfrutan del pago de sus vacación de manera proporcional a tiempo laborado.
La Corte acogió una demanda que fue presentada por un particular que alegada el derecho a la igualdad entre los trabajadores vinculados a través de contratos a término indefinido y los contratados a término fijo.

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