EPS no pueden negar nada a enfermos terminales
La Corte Constitucional conceptuó que las Empresas Prestadoras de Salud no se pueden negar a aceptar el traslado de beneficiarios así padezcan de enfermedades terminales.
BOGOTA.---La Corte Constitucional conceptuó que las Empresas Prestadoras de Salud no se pueden negar a aceptar el traslado de beneficiarios así padezcan de enfermedades terminales. El alto tribunal concedió una tutela a Guillermo Saenz, quien convive desde hace 10 años con el SIDA, quien no era atendido adecuadamente por Cajanal y decidió solicitar el traslado a Sanitas, siendo rechazado por esta ultima.El organismo consideró que la decisión de Sanitas EPS, viola los derechos fundamentales a la vida y a la salud y da un término de 48 horas para que acepte al peticionario.




