Despachos públicos no pueden tener más del 20 % de sus casos en mora
Los despachos públicos no podrán tener más del 20 por ciento de sus casos en mora o de lo contrario estarán cometiendo una falta gravísima contemplada en el nuevo Código Unico Disciplinario, lo cual puede provocar hasta destituciones, advirtió el procurador general de la Nación, Edgardo Maya Villazón.
BOGOTA.--- Los despachos públicos no podrán tener más del 20 por ciento de sus casos en mora o de lo contrario estarán cometiendo una falta gravísima contemplada en el nuevo Código Unico Disciplinario, lo cual puede provocar hasta destituciones, advirtió el procurador general de la Nación, Edgardo Maya Villazón.El funcionario destacó que las nuevas disposiciones agilizarán la prestación de este servicio, ya que deberá superarse la mora en los procesos que administre el sistema judicial colombiano."Ya la mora dejó de tener un carácter general para tener uno más concreto", explicó Maya.Destacó el hecho de que quedaran definidas las competencias del Consejo Superior de la Judicatura en relación con la Procuraduría General de la Nación en cuanto al tema de las sanciones disciplinarias.Sobre una de las innovaciones más importantes del nuevo Código, el régimen aplicable a los particulares, detalló que todas las personas o entidades que manejen recursos del erario, especialmente en la prestación de servicios de educación, salud, saneamiento público y agua potable, quedarán en la órbita disciplinaria de la Procuraduría."En ese campo, la Procuraduría va a intervenir y a disciplinar no solamente a los representantes de las empresas privadas que presten servicios públicos, sino a las Juntas Directivas", dijo.




