MILITARES PUEDEN SER HOMOSEXUALES DEFIENDE PROCURADOR GENERAL
Los militares colombianos pueden ser homosexuales, mantener relaciones con prostitutas, ser adúlteros o vivir en concubinato siempre y cuando con ello no afecten el servicio que prestan ni atenten contra los intereses de la sociedad, según el ...
Los militares colombianos pueden ser homosexuales, mantener relaciones con prostitutas, ser adúlteros o vivir en concubinato siempre y cuando con ello no afecten el servicio que prestan ni atenten contra los intereses de la sociedad, según el procurador general, Jaime Bernal.
El funcionario defendió así el derecho constitucional al libre desarrollo de la personalidad en los miembros de la fuerza pública, que según él es vulnerado por disposiciones del régimen disciplinario de las Fuerzas Armadas que deben ser derogadas.
Con esta tesis, Bernal pidió a la Corte Constitucional del país que declare no ajustadas a la Carta Magna normas militares que consideran como falta disciplinaria en las instituciones armadas el ser homosexual, vivir en unión libre, tener relaciones con prostitutas o caer en adulterio.
"Las disposiciones de carácter disciplinario pretenden garantizar que sus destinatarios atiendan debidamente sus deberes y obligaciones, con el propósito de lograr el cumplimiento de los fines y funciones que corresponden con el Estado", sostuvo Bernal.
El procurador observó que no es razonable que el régimen militar contemple como falta el vivir en concubinato o unión marital de hecho, cuando esta clase de uniones son reconocidas por las leyes.
El adulterio por militares tampoco puede considerarse como falta disciplinaria, por cuanto existen artículos constitucionales que garantizan el derecho a la privacidad y al libre desarrollo de la personalidad, prosiguió el procurador.
Bernal dijo que estos mandatos de la Carta Magna también son también vulneradas por el régimen militar al establecer como falta disciplinaria la asociación de militares con homosexuales y prostitutas o la práctica de actos de homosexualismo.
Según el procurador, dichas normas impiden a los militares la libre autodeteminación "como dueños de su propio destino", y en otros casos toleran una indebida intromisión del Estado en la esfera íntima de la persona, sin justificación alguna"




