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Corte pide al Estado políticas de protección social a mujeres embarazadas

El magistrado Alejandro Linares explica fallo que niega el reintegro de mujeres embarazadas despedidas que no informaron al patrono sobre su estado.

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El presidente de la Corte Constitucional, Alejandro Linares, manifestó que la decisión que se adoptó es garantizar la protección de las mujeres embarazadas.

Sin embargo, aseguró que se presenta un “pequeño cambio” que tenga un efecto positivo en el mercado laboral y es que cuando el patrono no conoce el estado de gravidez no se presume que hay discriminación y por ende no tiene que integrar a la persona que despidió sin conocer que se encontraba en estado de embarazo.

Vea también: Empleadores no reintegrarán a embarazadas si desconocían su estado 

“Lo que muestra la ponencia de la doctora Ortiz es que la sentencia CU070 de 2013 tuvo un efecto negativo sobre el mercado laboral, en el sentido que continua el mercado laboral sin contratar a las mujeres en estado fértil entre los 18 y los 35 fundamentalmente dado a que esa sentencia en cabeza de la empresa la protección a las mujeres en estado de embarazo”, subrayó.

Añadió que esa protección tiene que seguir prestándose pero no por parte de la empresa si no por parte del Estado.

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