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Colombia adopta medidas para fortalecer el capital de los establecimientos de crédito

A través del decreto 1771 de 2012, el Gobierno definió los componentes del capital de estos establecimientos con el fin de ajustar las normas colombianas a los estándares.

(Thot)

A través del decreto 1771 de 2012, el Gobierno definió los componentes del capital de los Establecimientos de Crédito con el fin de ajustar las normas colombianas a los estándares internacionales.

Según consigna el Ministerio de Hacienda, la medida mantiene en 9% el nivel mínimo que debe observar la solvencia, es decir la relación que debe haber entre el capital y los activos; e introduce una nueva medición, la de solvencia básica, que mide la relación entre el capital más “puro” y los activos, con un nivel mínimo del 4.5%.

“Mejor calidad de capital se traduce en mejores condiciones para afrontar los riesgos asociados a los negocios de estas entidades”, dijo el ministro Juan Carlos Echeverry.

Esta regulación prudencial es producto del trabajo y las discusiones llevadas a cabo durante el último año con el sistema financiero, la Red de Seguridad Financiera y expertos internacionales.

La reforma apuntala la solidez de los Establecimientos de Crédito colombianos (Bancos, Compañías de Financiamiento y Corporaciones Financieras), asegurando que su capital sea de la mejor calidad, fortaleciendo el respaldo de los recursos del público administrados.
 

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