No habrá sanción a los conductores que no enciendan las luces
Los conductores que no enciendan las luces de sus vehículos en horas del día en las vías colombianas, no les cobraran multa, la anulación a la resolución del ministerio del Transporte fue hecha por el Consejo de Estado.

(Thot)

Los conductores que no enciendan las luces de sus vehículos en horas del día en las vías colombianas, no les cobraran multa, la anulación a la resolución del ministerio del Transporte fue hecha por el Consejo de Estado.
Así se anunció la medida para los conductores y se ratificó que las multas eran temporales y que según las reglas fijadas por "el artículo 86 de la Ley 769 de 2002 en ningún momento pueden tener la capacidad de convertirse en regla general como ocurre en el caso que ocupa la atención de la Sala” dice la sentencia.
La medida que fue tomada desde el 2006 y que buscaba sancionar a los conductores que no encendieran las luces, desde hoy desaparece, desde las 6 de la mañana hasta las 6 de la tarde los conductores podrán estar tranquilos con las luces apagadas.






