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Gobierno firmó decreto de orden público para elecciones presidenciales 2014

Durante la jornada electoral no podrán usarse, dentro del puesto de votación, teléfonos celulares, cámaras fotográficas o de video, entre las 8 a.m. y las 4 p.m.

El Decreto 891 establece que a partir del

lunes 19 de mayo

y hasta el

lunes 26 de mayo

, y, en la segunda vuelta, a partir del 9 de junio y hasta el 16 de junio, sólo podrán efectuarse reuniones de carácter político en recintos cerrados.

La

Policía Nacional

decomisará toda clase de

propaganda proselitista

que esté siendo distribuida o que sea portada por cualquier medio durante los

días 25 de mayo y 15 de junio

, en este caso, si hubiere segunda vuelta. Durante estos mismos días también queda prohibido para los medios de comunicación, difundir propaganda política y electoral, así como la realización o p

ublicación de encuestas, sondeos, o proyecciones electorales

.

En cuanto a la propaganda en espacios públicos, los alcaldes señalarán los sitios públicos autorizados para fijar esta clase de propaganda.

Durante la jornada electoral no podrán usarse, dentro del puesto de votación, teléfonos celulares, cámaras fotográficas o de video, entre las 8 a.m. y las 4 p.m., salvo los medios de comunicación debidamente identificados. A partir de las 4 p.m. los testigos electorales podrán hacer uso de cámaras y recibirán copia de las actas de escrutinio.

Desde las

6:00 de la tarde del sábado 24 de mayo

y hasta las 6:00 de la mañana del lunes 26 de mayo, y desde las 6:00 de la tarde del sábado 14 de junio y hasta las seis de la mañana del lunes 16 de junio, queda prohibido en todo el territorio nacional la venta y consumo de bebidas embriagantes.

Las autoridades militares adoptarán las medidas necesarias para la

suspensión general de los permisos para el porte de armas

en todo el país, desde el viernes 23 de mayo hasta el miércoles 28 de mayo y desde el viernes 13 de junio hasta el miércoles 18 de junio. 

 

Los Sistemas Masivos de Transporte y empresas de transporte público, están obligadas a prestar su servicio durante el día de elecciones, como mínimo de un 80% durante las horas de votación y solo podrán cobrar las tarifas fijadas por la autoridad competente.

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