En firme la elección de la gobernadora del Meta Marcela Amaya
El Consejo de Estado determinó que no incurrió en doble militancia al haber pertenecido al partido de la U y haberse inscrito por el Partido Liberal.

La Sala Plena del Consejo de Estado. Foto: Colprensa(Thot)

La Sección Quinta del Consejo de Estado confirmó la elección de la gobernadora del Meta, Claudia Marcela Amaya, al negar las pretensiones de una demanda de nulidad electoral que advertía de una presunta doble militancia por parte de la mandataria.
Las demandas interpuestas por los señores José Enrique Pardo y Breiner Andrés Caicedo, cuestionaban que Amaya renunció al partido de la U el 24 de marzo de 2015 y se inscribió como candidata a la Gobernación del Meta por el Partido Liberal y la Alianza Verde, cuatro meses después, el 25 de julio de dicho año.
Para el Consejo de Estado, Amaya no tenía el deber legal ni estatutario de pertenecer al Partido Liberal con una anticipación de 1 año a la expedición del aval, debido a que para el momento en que se otorgó, tenía vigencia el artículo 68 de la Resolución No. 2895 de 2011, «que no exigía un período mínimo de pertenencia a la colectividad para fines otorgamiento de avales para candidaturas».
El alto tribunal además conceptuó que Amaya «presentó renuncia a su condición de militante al Partido de la “U” el 25 de marzo de 2015; se hizo miembro del Partido Liberal el 11 de junio de 2015; recibió aval por esta última colectividad política el 25 de junio de 2015; y se inscribió como candidata a la gobernación ante la delegación departamental de la Registraduría Nacional en el Meta el 25 de julio de 2015, por lo que en el presente caso no se presentó la simultaneidad que exige la ley para que exista doble militancia de un ciudadano, dado que no existió concurrencia en la pertenencia de la demandada en los partidos políticos señalados».






