Decreto ratifica que las órdenes de captura de las Farc están suspendidas
El decreto, además, define que la Jurisdicción Especial para la Paz es responsable de determinar si un exmiembro acreditado de las Farc puede o no salir del país.

Decreto ratifica que las órdenes de captura de las Farc están suspendidas. Foto: Colprensa(Thot)

El gobierno nacional emitió un decreto en el que ratifica que están suspendidas todas las órdenes de captura que pesan contra los exmiembros de las Farc, que se acogieron al acuerdo de paz, pero que delinquieron con anterioridad al 1 de diciembre de 2016, fecha en la que fue refrendado el acuerdo en el Congreso de la República.
El decreto 2125 de 2017 incluso establece que se deben suspender las órdenes de captura que están por ser emitidas, por delitos anteriores a la citada fecha.
"La autoridad judicial competente al momento de expedir una nueva orden de captura (...) suspenderá la ejecución de la misma hasta que sea resuelta la situación jurídica de éstas por el órgano pertinente de la Jurisdicción Especial para la Paz y comunicará dicha decisión a las autoridades pertinentes", dice el decreto.
También le ordena al alto Comisionado de Paz, Rodrigo Rivera, a que entregue la información y las identidades de los excombatientes que tienen órdenes de capturas suspendidas a la Policía, Fiscalía, Judicatura y al secretario Ejecutivo de la JEP. Y establece que la Interpol debe actualizar sus bases de datos para que en ellas aparezca la suspensión de las órdenes de captura.
El decreto además define que la Jurisdicción Especial para la Paz es responsable de determinar si un exmiembro acreditado de las Farc puede o no salir del país.
"Los integrantes de las FARC-EP que se encuentren acreditados por el Alto Comisionado para la Paz y que tengan medidas restrictivas para la salida del país, podrán salir del país previa autorización de la Jurisdicción Especial para la Paz", dice el decreto 2125 de 2017.






