Corte ordena a la Presidencia plan para superar la crisis en la Guajira
Minambiente deberá desarrollar acciones para prevenir el riesgo ecológico de la desaparición de las fuentes hídricas de la región.

Corte suprema . Foto: Colprensa(Thot)

La Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia le ordenó a la Presidencia de la República a que diseñe, coordine y ejecute un plan que solucione integral y definitivamente, la crisis alimentaria y de salud que padece el departamento de la Guajira, especialmente los niños del pueblo indígena Wayuú.
La Corte le ordenó al Gobierno a que fije un organigrama con tiempos razonables, reales, claros y detallados, para la materialización de cada una de las etapas que le corresponda adoptar, en aras de superar las dificultades de desnutrición, salud y falta de acceso al agua potable y salubre de la infancia Wayuú que habita en las comunidades de Uribia, Manaure, Riohacha y Maicao.
“La orden impartida en punto del Presidente de la República habrá de direccionarse en cabeza del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, ente este que, entonces, tendrá a su cargo la responsabilidad de coordinar las gestiones que sean menester para superar el trance humanitario de que se viene tratando, ello en franca colaboración e interacción armónica con otras instancias del orden nacional, departamental y municipal”, señala la decisión.
Aunque para la Corte Suprema es claro que ya está en marcha un plan que busca superar la crisis, determinó ordenarle al Ministerio de Ambiente desarrollar acciones para prevenir el riesgo ecológico de la desaparición de las fuentes hídricas de la Guajira, para proveer el acceso al agua potable; y le ordenó al Ministerio de Agricultura a que “brinde ayuda en el trazo e impulso de propuestas para la optimización del desarrollo del sector agropecuario, pesquero y rural, comoquiera que parte del arreglo de la problemática presentada no es solamente brindar alimentos sino parejamente posibilitar el hallazgo y mejoría en los procesos que se necesitan para su permanente obtención”.






