Alcalde Petro se notifica ante Registraduría por proceso de revocatoria
El alcalde de Bogotá, Gustavo Petro, se notificó ante la Registraduría del aval que la entidad le dio a las firmas presentadas para revocar su mandato.

Gustavo Petro. Foto: El Tiempo.(Thot)

A partir de la fecha, el mandatario cuenta con 10 días hábiles para presentar un recurso de reposición ante la Registraduría Distrital o de apelación ante la Nacional.
De no realizar ninguno de estos procesos, la Registraduría contará con máximo dos meses para convocar a las urnas y llevar a cabo el proceso de revocatoria de mandato.
Para que el mandato del alcalde sea revocado, se requiere una participación en las votaciones equivalente al menos al 55% del total de votos válidos depositados en la elección del alcalde de 2011, y que la mitad más uno vote por el sí.
En la última elección de alcalde de Bogotá, los votos válidos ascendieron a 2.244.025, razón por la cual el umbral de participación para la revocatoria de alcalde está en 1.234.214 sufragantes.
Si como resultado de la votación no se revoca el mandato del alcalde, no podrá volver a intentarse este mecanismo en lo que resta de su periodo.
De no realizar ninguno de estos procesos, la Registraduría contará con máximo dos meses para convocar a las urnas y llevar a cabo el proceso de revocatoria de mandato.
Para que el mandato del alcalde sea revocado, se requiere una participación en las votaciones equivalente al menos al 55% del total de votos válidos depositados en la elección del alcalde de 2011, y que la mitad más uno vote por el sí.
En la última elección de alcalde de Bogotá, los votos válidos ascendieron a 2.244.025, razón por la cual el umbral de participación para la revocatoria de alcalde está en 1.234.214 sufragantes.
Si como resultado de la votación no se revoca el mandato del alcalde, no podrá volver a intentarse este mecanismo en lo que resta de su periodo.






