Predial Bogotá: 8 de julio, plazo máximo para acogerse al pago por cuotas
El Distrito ofrece esta posibilidad a los contribuyentes interesados en aliviar su flujo de recursos
:quality(70)/cloudfront-us-east-1.images.arcpublishing.com/prisaradioco/TV5EN4J2DZJBJCQ3P2FAM4DEKA.jpg)
Foto de referencia(Getty Images)
Desde la Secretaría Distrital de Hacienda se le recordó a los propietarios de predios residenciales y no residenciales que pueden elegir el Sistema de Pago por Cuotas para cancelar su impuesto predial. Así las cosas, el próximo viernes 8 de julio se vence el plazo para inscribirse y presentar en la Oficina Virtual con la declaración respectiva.
Se trata de un pago diferido en cuatro cuotas iguales y sin intereses, que en este 2.022 mantiene su modalidad tradicional para predios residenciales y no residenciales, junto con la nueva categoría los últimos, que surgió para sectores económicos afectados por la emergencia COVID, como hoteles, restaurantes y bares, entre otros.
- Puede interesarle: Antonio Sanguino, nuevo jefe de Gabinete de la Alcaldía de Bogotá
- Puede interesarle: Moteros anuncian movilizaciones para esta semana en Bogotá
Al momento de realizar su declaración, el contribuyente deberá escoger entre SPAC normal o COVID, con lo cual garantiza el acceso al beneficio, sobre el total del impuesto, y comienza a pagar a partir del 22 de julio en la primera modalidad, y del 17 de febrero, en la segunda.
Estas son las fechas estipuladas para la cancelación:
SPAC normal: primera cuota, 22 de julio; segunda cuota, 23 de septiembre; tercera cuota, 25 de noviembre de 2022, y cuarta cuota, 20 de enero de 2023.
SPAC COVID: primera cuota, 17 de febrero; segunda cuota, 21 de abril; tercera cuota, 16 de junio, y cuarta cuota, 25 de agosto de 2023.