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Consejo de estado declaró nula elección de alcalde de Villa del Rosario

En un documento se pide cancelar la credencial del alcalde Eugenio Rangel y posesionar a Carlos Socha

Eugenio Rangel y Carlos Socha

Eugenio Rangel y Carlos Socha(Foto campañas de candidatos)

Cúcuta

En un documento emitido en las últimas horas por parte del Consejo de Estado, se da a conocer la decisión judicial en la cual se destituye al actual alcalde del municipio de Villa del Rosario en el Área Metropolitana De Cúcuta.

Se trata de Eugenio Rangel Manrique el cual había sido electo para el periodo legislativo 2020-2023 ganando por 70 votos en el año 2019 a su contendor Carlos Julio Socha Hernández, quien ya había sido alcalde de esta localidad en anteriores periodos.

Socha Hernández instauró dos demandas ante el Tribunal Administrativo de Norte de Santander pidiendo declarar nula la elección, siendo la primera la unión libre que mantiene Rangel Manrique con la señora Marta Elide Rodríguez Pinilla quien se había desempeñado en el año anterior de la elección como comisaría de familia en el municipio, y la segunda el reconteo de votos y los formularios e-26 de varias mesas electorales.

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La primera demanda que hablaba sobre la unión libre fue negada, sin embargo, la segunda fue positiva para el exalcalde Carlos Julio Socha Hernández en el mes de junio del 2021 en el Tribunal Administrativo de Norte de Santander anulando la cantidad de 65 votos obtenidos, pero esta decisión fue apelada por la defensa de Eugenio Rangel y por esto se había remitido la demanda directamente al Consejo de Estado.

Este alto tribunal en las últimas horas resolvió ratificar la anulación de los 65 votos en la mesa de votación número 11 del puesto 01 de la zona 01 , y declarar la nulidad del acta de escrutinio cancelando directamente la respectiva credencial dada a Eugenio Rangel.

El documento además indica que se declara electo como alcalde del municipio de Villa del Rosario a Carlos Julio Socha Hernández, al cual debe ser entregada la credencial en un término de cinco días hábiles después de ser notificado, y negar cualquier pretensión judicial ante esta decisión.

Por último, se establece compulsar copias de estos oficios a la fiscalía general de la nación y otros órganos competentes, para investigar una presunta comisión de delitos.

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