Salud y bienestar

Coronavirus Covid-19

10.123 comparendos en julio en Cartagena por indisciplina social

Se les aplicaron a ciudadanos que desacataron las medidas del código nacional de seguridad y convivencia ciudadana

10.123 comparendos en julio en Cartagena por indisciplina social

10.123 comparendos en julio en Cartagena por indisciplina social(Policía Metropolitana de Cartagena)

Cartagena de Indias

En el transcurso del mes de julio, policías de la Metropolitana de Cartagena de indias, direccionaron sus esfuerzos en la aplicación del Código Nacional de seguridad y convivencia ciudadana, como mecanismo para resolver y corregir los comportamientos de los ciudadanos, que afectan la seguridad y convivencia ciudadana.

En esta actividad de control de comportamientos ciudadanos, durante el mes de julio se aplicaron 10.123 comparendos, cinco suspensiones temporales de actividad económica y se incautaron 10 celulares.

La conducta más reiterativa es incumplir, desacatar, desconocer e impedir la función o la orden de policía, con 9.130 comparendos. Le siguen, 486 sanciones por el porte de armas cortopunzantes, las que también fueron incautadas.

Entre los comportamientos más recurrentes, continúa en tercer lugar, con 126 comparendos, el irrespeto a las autoridades de policía. En cuarto lugar, las riñas confrontaciones violentas, con 96 comparendos. El comprar y usar equipos móviles hurtados o reportados, es el quinto comportamiento, con 62 comparendos. Mientras que realizar necesidades fisiológicas en vía pública, ocupa el sexto lugar, con 57 comparendos.

Es importante recordar que el objetivo del Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana, es de carácter preventivo, estableciendo las condiciones para la convivencia en el territorio nacional, propiciando el cumplimiento de los deberes y obligaciones de las personas naturales y jurídicas, fomentando las sanas costumbres, para vivir en armonía, a partir de la aplicación de las medidas correctivas contempladas en el marco normativo.

Cabe anotar, que, transcurridos seis meses desde la imposición de la multa, y esta no ha sido pagada ante la Secretaría de Hacienda, de cada municipio, el ciudadano no podrá:

1. Obtener o renovar permiso de tenencia o porte de armas.

2. Ser nombrado o ascendido en cargo público.

3. Ingresar a las escuelas de formación de la fuerza pública.

4. Contratar o renovar contrato con cualquier entidad del estado.

5. Obtener o renovar el registro mercantil en las cámaras de comercio.

La Policía antes de ser represiva con el ciudadano, los invita a que conozcan sus derechos y deberes, consultando los artículos de la Ley 1801 de 2016, “Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana”.

El siguiente artículo se está cargando

Escucha la radioen directo

Caracol Radio
Directo

Tu contenido empezará después de la publicidad

Programación

Ciudades

Elige una ciudad

Compartir

Más acciones

Suscríbete

Tu contenido empezará después de la publicidad