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Así será el registro de trabajadores para volver a laborar

Las empresas manufactureras deben llenar una encuesta que se encuentra en la plataforma de la alcaldía de Bucaramanga.

Así será el registro de trabajadores para volver a laborar

Así será el registro de trabajadores para volver a laborar / Suministrada

Bucaramanga

Las empresas manufactureras que planeen retomar actividades deberán diligenciar la encuesta incluida en la plataforma emergencia.bucaramanga.gov.co/empresas (sección manufactura encuesta de empresas), lo cual NO implica la apertura inmediata del subsector.

Una vez diligenciada la encuesta y aprobado por parte del municipio, deberán inscribir, al igual que los proyectos de construcción, la empresa, empleados y contratistas en la plataforma de la Cámara de Comercio de Bucaramanga, a la cual se puede acceder a través de la página emergencia.bucaramanga.gov.co/empresas, sección manufactura.

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Estas empresas deberán cumplir requisitos de seguridad establecidos en la Resolución 0666 del Ministerio de Salud que define los protocolos de cuidado, además de registrarse en la plataforma que hemos dispuesto para eso.

Todas las empresas deberán estar inscritas en el registro, y las que no lo estén, NO podrán desempeñar actividades. Es obligatorio que agoten los requisitos de inscripción para poder ejercer un control efectivo y garantizar la seguridad de los trabajadores y de todos los ciudadanos.

Los empleados, contratistas y personal en general que haga parte de empresas inscritas y autorizadas para salir, deberán portar su identificación y su autorización expedida por la empresa en todo momento, y sólo se podrá desplazar entre su casa y lugar de trabajo y no se podrán movilizar para una actividad diferente.

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La policía metropolitana contará con acceso a la plataforma y verificará que quienes manifiesten que hacen parte de un proyecto de construcción o trabajan en una empresa manufacturera se encuentren debidamente inscritos, de lo contrario, se aplicarán las sanciones establecidas por el incumplimiento del aislamiento obligatorio.

Todas las empresas de ambos sectores productivos, tanto de la construcción como de la manufactura, que retornen al desarrollo de sus actividades durante el aislamiento, deberán cumplir con los requisitos y protocolos de distanciamiento, limpieza, desinfección y bioseguridad establecidas por el Gobierno Nacional a través del Ministerio de Salud.

Además, deberán contar con el protocolo de bioseguridad, prevención y promoción para la prevención del Coronavirus COVID-19 en físico en el lugar donde se desempeñe la actividad productiva y de trabajo.

En caso de que alguna empresa que haya retomado actividades, presente un caso positivo de COVID-19 en alguno de sus empleados, se establecerán los cercos epidemiológicos, de acuerdo con lo definido por el programa del SIVIGILA de la Secretaría de Salud.

El pico y cédula seguirá rigiendo, permitiendo movilidad a las personas previstas en las excepciones conocidas por todos, y se le sumará la de los trabajadores de los sectores de la construcción y la manufactura registrados e identificados.

El transporte masivo y transporte público seguirá funcionando de 5:00 a.m. a 9:00 p.m.

Ningún sistema de transporte masivo o transporte público colectivo podrá operar con una capacidad superior al 35%, además, será obligatorio el distanciamiento de un metro entre pasajeros y el uso de tapabocas en los sistemas de transporte, así como en el espacio público y en las empresas.

Para garantizar el cumplimiento, se ejercerán estrictos controles en los sistemas de transporte masivo y colectivo, así como que quienes ingresen al sistema se encuentren entre las excepciones a las restricciones de movilidad, plenamente identificados y con autorización.

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