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Construcción a 15 metros de las rondas de quebradas en Armenia

Tribunal administrativo del Quindío revocó sentencia en cuanto al retiro de 15 metros en las franjas protectoras

Construcción a 15 metros de las rondas de quebradas en Armenia

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El gremio constructor celebró la decisión porque brindará estabilidad jurídica

Quindío

El gremio constructor celebró la decisión porque brindará estabilidad jurídica

El fallo del tribunal recoge las demandas realizadas por la decisión de primera instancia del juzgado primero administrativo del circuito de Armenia donde se anularon parcialmente los artículos 90, 91, 96 y 106 del Acuerdo 019 de 2009 expedidos por el Concejo Municipal de Armenia, en cuanto estableció como franjas protectoras las zonas de 15 metros al lado y lado de las quebradas, arroyos y cuerpos de agua y las áreas con pendiente superior a 46,66% o 25° ubicadas en áreas urbanas de Armenia. En las últimas horas el tribunal revocó esa decisión de primera instancia rechazando las pretensiones de las demandas acumuladas.

Caracol Radio consultó sobre este tema a Diego Trujillo, procurador ambiental y agrario a nivel nacional: “No todas las quebradas y ríos son los mismo en el país, el hecho de que pasen por una ciudad tienen que hacer que se adecuen dentro del ámbito legal y constitucional para conocer el riesgo que está generando el Río”.

Contexto: Hay un caos normativo en Armenia en materia de POT y normas ambientales: procurador de tierras

Al respecto Milena Arango gerente de la cámara colombiana de la construcción Camacol en el Quindío, celebró la decisión pues traerá estabilidad jurídica al gremio constructor de la ciudad. “El tribunal falla en favor de la legalidad y estabilidad jurídica del gremio. Dejando en firme el plan de ordenamiento territorial”.

El procurador Diego Trujillo dice que es fundamental que se determinen los 15 metros que deben ser respetados para la protección del ecosistema. Afirma que se abre una discusión para establecer unas pautas claras sobre como adecuarse a las necesidades de cada población.

Vea también: “Fallo que invalida artículos del POT genera estabilidad jurídica”: CRQ

En el fallo del tribunal administrativo del Quindío también manifiesta que las rondas hídricas no han sido acatadas por las autoridades ambientales, vacío que se observa desde 1974 (vigencia del Decreto 2811) y se ha tratado de llenar, expidiéndose solo hasta el 2018 la guía técnica para su delimitación.

 

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