Cúcuta

Estatuto tributario

Tasa de seguridad no se puede cobrar en facturación de servicios: Veedores

Cens argumentó jurídicamente su inhabilidad para el cobro de la tasa de seguridad.

Recibo de luz

Recibo de luz(Foto: cortesía para Caracol Radio)

Cúcuta

En Cúcuta, los veedores de servicio público, están atentos a conocer la modalidad de cobro de la tasa de seguridad que hoy según la norma impide a las empresas de servició público incluir este concepto en su facturación.

Frente a esta situación y al pronunciamiento que ha hecho la empresa de energía de Norte de Santander, los veedores, aseguran que el gobierno local buscar otro mecanismo para generar el cobro. Señalan que el impuesto predial podría ser una de las alternativas, sin embargo, expertos, coinciden que la misma no es del todo viable cuando se registran atrasos y evasión de este tributo en sus pagos.

“La norma así lo prevé que empresas prestadoras de servicio público o privadas en sus facturas emitidas por parte de esta entidades no se debe facturar concepto alguno por impuesto, esto es un impuesto y por ende ninguna de las empresas que funcionan en el municipio no puedan facturar…” dijo. Francisco Palacios, veedor de servicio público.

Los veedores de servicio público estarán atentos a las respuestas que den la empresa de acueducto, aseo y gas frente a un posible ofrecimiento de la administración municipal para incluir las tarifas de la tasa de seguridad en su sistema de facturación.

Señaló que alistan una acción popular contra este proyecto.

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