Comunidad de Tierrabomba preocupada por la suspensión de las obras de protección
Cardique suspendió hace cerca de un mes los trabajos

(Caracol Radio)

Cartagena de Indias
Un mes después de la suspensión de las obras de protección, recuperación y estabilización de un sector de línea de costa de Tierra Bomba que impuso la Corporación Autónoma Regional del Canal del Dique (Cardique), Senén Víctor Salas Mancilla, representante de la Comunidad Negra, Palenquera, Afrocolombiana y Raizal ante el Consejo Directivo de Cardique, solicitó acompañamiento de instancias nacionales, departamentales y locales para destrabar esta importante obra.
Salas Mancilla precisó que hay mucha preocupación en la comunidad por la fragilidad y la agresividad erosiva, que recibe por parte del fuerte oleaje del Mar Caribe, que amenaza con desaparecerlos de la geografía del Distrito de Cartagena, por lo que guardan la esperanza que el proyecto prospere para acabar con la tensión que los embarga, desde los niños hasta el adulto mayor.
El dirigente indicó que a pesar de que el proyecto ha sufrido diferentes etapas en lo relacionado a poder enfrentar una dinámica compleja y ha tenido ajustes para mitigar impactos en la integralidad de la obra, éstos no habían sido objetos de información a la autoridad ambiental. “Lo que se le solicita al Distrito es la entrega de soportes para que la obra continúe”, dijo.
Agregó que la comunidad no fue informada y consultada sobre la modificación de las obras del proyecto. “Lo más grave es que la Alcaldía también vulneró normatividades constitucionales y convenios internacionales relacionadas con la protección especial de los grupos étnicos colombianos, como lo es la población de Tierrabomba para este caso que nos ocupa. De acuerdo a lo consagrado en los artículos 1-2-3-4-5-6-7-8-13-14-15-16 y subsiguientes del convenio 169 de la OIT de 1989, artículos 1-2-5-7-8-11-13-16-23-29-38-39-42-44-46-51-58-63-64- de la Constitución Política de Colombia, artículos 1-2-3-4-5-6-14 y subsiguientes de la Ley 21 de 1991, artículos 1-19-20-21-33-37-47-59 y siguientes aplicables a al caso de la Ley 70 de 1993”.
“Teniendo en cuenta la citada normatividad, es evidente la violación de derechos fundamentales de la población de Tierrabomba, la cual requiere y necesita de manera urgente la atención de las autoridades nacionales, regionales, departamentales y distritales, en aras de salvaguardar, sus derechos”, puntualizó.
Por último, señaló que la comunidad de Tierrabomba es una población afro descendiente, localizada a escaso kilómetro y medio del Distrito de Cartagena, tiene 9.000 habitantes, 1984 hectáreas aproximadamente, tiene un litoral costero aproximado de 43 kilómetros.




