Juez negó suspensión a decreto del Distrito sobre renovación urbana en Bogotá
La decisión permite a la Alcaldía poner en marcha programas y proyectos de expansión urbana.

Ciudad de Bogotá. (Colprensa/Archivo)

El Juzgado Segundo Administrativo Oral del Circuito Judicial de Bogotá mediante auto del 25 de septiembre de 2015, resolvió negar la solicitud interpuesta en ese juzgado de suspensión provisional y medida cautelar del Decreto 562 de 2014 de renovación urbana “por reproducción del Decreto 364 de 2013, suspendido por el Consejo de Estado.”
“Las consideraciones de la negativa, entre otras, fueron que el demandante no demostró que la Administración Distrital haya incurrido en la reproducción de actos administrativos anulados o suspendidos. Tampoco se aceptó que con la expedición del Decreto 562 se hayan vulnerado normas superiores como se alega en la demanda”, dijo el Secretario de Planeación, Gerardo Ardila.
El Decreto reglamentó las condiciones urbanísticas del tratamiento de renovación urbana, tal como dispone el artículo 308 del POT de Bogotá (Decreto 190 de 2004). Le corresponde a la Administración Distrital gestionar, liderar, promover y coordinar lo relativo a la puesta en marcha de los programas, planes y proyectos de renovación urbana, de competencia del Alcalde Mayor a través de Decreto.
Según el Secretario “el Juez tomó una decisión acertada que contribuye a la estabilidad jurídica y urbanística de Bogotá”. Así mismo, recordó que “no es cierto que el Decreto 562 libere las alturas en la ciudad sino que por el contrario, las reglamenta”
A la fecha existen 622 solicitudes de licencia para predios localizados en el área de influencia del Decreto 562 que están siendo estudiadas por las Curadurías Urbanas. La mayoría de licencias están destinadas a vivienda en las zonas centrales de Bogotá.




