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¿Puede pedir vacaciones si no ha cumplido un año laboral? Esto dice la ley

Conozca la fórmula para calcular cuánto le deben pagar por su periodo de vacaciones.

Imagen de referencia. Familia de vacaciones - Calendario en Junio: Getty images.

Imagen de referencia. Familia de vacaciones - Calendario en Junio: Getty images.

Imagen de referencia. Familia de vacaciones - Calendario en Junio: Getty images.

Las vacaciones laborales son un derecho fundamental para los trabajadores en Colombia, quienes gozan de 15 días hábiles de descanso remunerado por cada año trabajados, según estipula el Código Sustantivo del Trabajo y la Ley 50 de 1990.

¿Se pueden pedir antes de cumplir el año en la empresa?

El artículo 186 del CST establece que los trabajadores pueden solicitar ante su empleador las vacaciones cuando “hubieren prestado sus servicios durante un año”, por lo que, si lleva menos de este tiempo contratado, no es posible que las solicite, a menos de que pida un anticipo de estas; sin embargo, serán otorgadas por decisión del empleador.

Asimismo, la época de vacaciones puede ser propuesta por el empleador y es necesario que informe con tiempo a su personal la fecha en la que podrán gozar de este beneficio; no obstante, en caso de que la compañía no las establezca, pueden ser solicitadas a petición del trabajador cuando lo considere y cumpla el año.

¿De cuánto es la remuneración?

Por su parte, en el periodo de vacaciones el empleado “recibirá el salario ordinario que esté devengando el día en que comience a disfrutar de ellas” y en caso de que el salario sea variable, pues le pagarán al trabajador, lo devengado en el año anterior “a la fecha en que se concedan”, explica el artículo 192 del mismo Código. Recuerde que, las vacaciones también entran dentro de la liquidación laboral cuando se finalice el contrato.

Según explica Buk, software de recursos humanos que centraliza procesos como nómina, clima laboral y selección, la fórmula para calcular el pago de vacaciones es la siguiente:

Salario mensual básico x Días trabajados ÷ 720

Este divisor, 720, representa el doble de los 360 días laborales que un año tiene normalmente, permitiendo calcular la remuneración correspondiente a 15 días de descanso.

De acuerdo con el capítulo IV del Código Sustantivo del Trabajo (CST) en el que se especifica sobre las vacaciones remuneradas, los empleadores deben contar con un registro especial en el que consignen las vacaciones de sus empleados, allí anotarán “la fecha en que ha ingresado al establecimiento cada trabajador, la fecha en que toma sus vacaciones y en que las termina y la remuneración recibida por las mismas”.

¿Qué hacer si la empresa no cumple con el pago?

En caso de que la empresa no cumpla con el pago de las vacaciones, el trabajador puede acudir al Ministerio de Trabajo para interponer una queja formal. También puede presentar una reclamación directamente ante su empleador por escrito, exigiendo el pago del beneficio adeudado.

Si la situación persiste, el empleado tiene derecho a iniciar un proceso jurídico por incumplimiento laboral, respaldado por el Código Sustantivo del Trabajo, que establece sanciones para las empresas que vulneren este derecho.

Laura Rojas

Laura Rojas

Periodista y comunicadora social de la Universidad Sergio Arboleda. Experiencia en periodismo digital...

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