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Juzgado revoca sanción contra Dumek Turbay y declara cumplida orden de tutela

El despacho concluyó que el Distrito respondió de fondo al derecho de petición presentado por un ciudadano sobre los Fondos de Desarrollo Local

Alcaldía de Cartagena

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El Juzgado Décimo Penal del Circuito con Función de Conocimiento de Cartagena declaró el cumplimiento integral de una orden de tutela relacionada con los Fondos de Desarrollo Local y dejó sin efectos la sanción que había sido impuesta al alcalde Dumek Turbay Paz.

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La decisión significa que quedan sin efecto los tres días de arresto y la multa de tres salarios mínimos legales mensuales vigentes que habían sido ordenados contra el mandatario distrital dentro de un incidente de desacato.

El proceso se originó en una tutela presentada por Juan Carlos Molina Ramos, cuyo derecho fundamental de petición fue amparado en segunda instancia el 13 de abril de 2026. En esa decisión se ordenó a la Alcaldía responder, en un plazo de 48 horas, una solicitud presentada en octubre de 2025 relacionada con información presupuestal, obras, proyectos de inversión y participación de las Juntas Administradoras Locales.

¿Por qué se había impuesto el desacato?

El ciudadano consideró que la respuesta inicial de la Administración no satisfacía sus solicitudes y promovió un incidente de desacato. El 2 de junio de 2026, un juzgado penal municipal sancionó a Turbay con tres días de arresto y una multa de tres salarios mínimos.

Sin embargo, durante la revisión de la decisión, el Juzgado Décimo Penal del Circuito encontró que distintas dependencias del Distrito habían entregado información relacionada con las solicitudes.

La Secretaría de Hacienda aportó documentos sobre convocatorias, actas, listados de asistencia y presentaciones presupuestales, además de información sobre los ingresos corrientes de libre destinación. Por su parte, la Secretaría de Planeación entregó información sobre obras, valores, contratos, avances, el Banco Único de Proyectos y la participación de las JAL.

Posteriormente, la Oficina Asesora Jurídica del Distrito emitió el 24 de julio de 2026 una respuesta oficial que fue enviada al correo registrado por el ciudadano.

El juzgado concluyó que esa contestación cumplía con los requisitos de claridad, precisión, congruencia y notificación, por lo que consideró superada la situación que había originado el incidente.

La decisión también precisó que el derecho de petición garantiza recibir una respuesta de fondo y fundamentada, pero no obliga a la autoridad a responder favorablemente a las pretensiones del ciudadano.

Por esta razón, el despacho declaró cumplida la orden constitucional y levantó definitivamente la sanción contra Dumek Turbay. Las diferencias jurídicas que persistan sobre la aplicación de las normas presupuestales deberán ser discutidas por las vías administrativas o judiciales correspondientes.

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