Ordenan crear Fondos de Desarrollo Local en Cartagena: Esto dice Tribunal Administrativo de Bolívar
La ponencia fue del Magistrado José Luis Otero Hernández

Colprensa

La Sala de Decisión No. 1 del Tribunal Administrativo de Bolívar, mediante sentencia con ponencia del magistrado José Luis Otero Hernández, adoptó una decisión de gran trascendencia institucional para el futuro administrativo de Cartagena, al ordenar la implementación efectiva de los Fondos de Desarrollo Local previstos en la Ley 1617 de 2013, fortaleciendo así el modelo de descentralización territorial consagrado para los distritos especiales de Colombia.
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La providencia revocó la decisión de primera instancia y concluyó que el Distrito de Cartagena ha incumplido el mandato legal que exige que cada localidad cuente con un Fondo de Desarrollo Local dotado de personería jurídica, patrimonio autónomo, presupuesto propio y capacidad administrativa, contractual y financiera, bajo la dirección del respectivo alcalde local.
Una decisión estructural para las localidades. La sentencia constituye uno de los pronunciamientos más relevantes en materia de descentralización distrital en Cartagena, al reconocer que la existencia formal de mecanismos administrativos no es suficiente para cumplir la Ley 1617 de 2013 si estos no garantizan una verdadera autonomía local.
La Sala determinó que los actuales Fondos de Desarrollo Local funcionan materialmente como simples unidades ejecutoras integradas al presupuesto central del Distrito, sin personería jurídica propia, patrimonio autónomo ni presupuestos independientes, situación que “desnaturaliza el modelo diseñado por el legislador para acercar la administración pública a las comunidades y fortalecer la participación ciudadana en la gestión de los recursos públicos”.
La providencia resalta que los Fondos de Desarrollo Local son instrumentos esenciales para garantizar la autonomía administrativa y presupuestal de las localidades, permitiendo que las decisiones sobre inversión pública respondan de manera más directa a las necesidades de los territorios y a los planes de desarrollo local.
Como consecuencia de lo anterior, el Tribunal ordenó al alcalde mayor de Cartagena presentar, dentro de los treinta días siguientes a la ejecutoria de la sentencia, un proyecto de acuerdo ante el Concejo Distrital dirigido a crear e implementar los Fondos de Desarrollo Local de cada localidad con todas las características exigidas por la Ley 1617 de 2013 y el Decreto 2388 de 2015.
Asimismo, dispuso que la administración distrital adelante las actuaciones jurídicas, administrativas, presupuestales y técnicas necesarias para que dichos fondos entren en funcionamiento efectivo a partir del 1 de enero de 2027.
La providencia representa un avance significativo en la consolidación del régimen especial de Cartagena como distrito, al impulsar un modelo de gestión pública más cercano a los ciudadanos, con mayores espacios de participación para las localidades y mejores herramientas para la planificación y ejecución de proyectos de impacto comunitario.
Con esta decisión, el Tribunal Administrativo de Bolívar, bajo la ponencia del magistrado José Luis Otero Hernández, reafirma la importancia de garantizar la eficacia material de las leyes y de promover mecanismos que fortalezcan la autonomía territorial, la participación ciudadana y la descentralización administrativa como principios fundamentales del Estado colombiano.
Andrés Vizcaíno Villa
Periodista cartagenero con experiencia en comunicación pública. Músico y apasionado por la radio.




