Juez ordena al Concejo de Cartagena eliminar barreras físicas para personas con discapacidad
La decisión judicial ordena a la entidad edilicia realizar adecuaciones estructurales en un plazo determinado para garantizar la inclusión y el libre desplazamiento

El Concejo de Cartagena tiene 30 días hábiles para presentar el proyecto de adecuación y reestructuración. // Caracol Radio Cartagena

El Juzgado Decimoprimero Penal Municipal con Funciones de Control de Garantías de Cartagena amparó los derechos fundamentales de Carlos Arturo González Beltrán, un ciudadano en condición de discapacidad que no podía ingresar ni movilizarse de forma autónoma en la sede de la corporación edilicia. La decisión judicial ordena a la entidad edilicia realizar adecuaciones estructurales en un plazo determinado para garantizar la inclusión y el libre desplazamiento.
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La acción de tutela fue interpuesta por González Beltrán, un líder y veedor que representa los intereses de la población con movilidad reducida. De acuerdo con el expediente del caso, el accionante, quien depende del uso de una silla de ruedas, se enfrentó en reiteradas ocasiones a la total ausencia de rampas, elevadores, baños adecuados y señalizaciones necesarias para acceder a las sesiones y debates públicos desarrollados en la entidad. Estas limitaciones físicas y arquitectónicas terminaron restringiendo de manera directa su derecho fundamental a la participación ciudadana y a la libre movilidad en condiciones de dignidad.

Internamente no hay espacio para la movilidad en silla de ruedas en el Concejo Distrital de Cartagena. // Caracol Radio Cartagena

Internamente no hay espacio para la movilidad en silla de ruedas en el Concejo Distrital de Cartagena. // Caracol Radio Cartagena
En la sentencia de tutela dictada por la jueza Lilia María Jiménez Rodríguez, el juzgado desvirtuó las justificaciones presentadas por el Concejo Distrital, el cual argumentó haber respondido un derecho de petición posterior al inicio de la acción judicial. Al examinar las evidencias fotográficas que corroboran el total abandono de la infraestructura del edificio para personas con limitaciones motrices, el despacho concluyó que la corporación mantiene una omisión discriminatoria al no adaptar el entorno físico para el ingreso universal de todos los ciudadanos.
Por medio de esta providencia, se ordenó de manera concreta al Concejo de Cartagena que, en un término no mayor a 30 días, elabore un diagnóstico técnico y un plan integral de accesibilidad que detalle las adecuaciones necesarias para rampas, desplazamientos entre niveles, baños y rutas internas. Una vez entregado este estudio, la corporación tendrá un plazo máximo de seis meses para culminar todas las obras de infraestructura requeridas.
El fallo desvinculó de toda responsabilidad operativa a la Alcaldía Mayor de Cartagena y a la Secretaría de Participación y Desarrollo Social, al tratarse de un asunto de competencia y autonomía interna del Concejo Distrital.




