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MinSalud negó sacar a Quintero de investigaciones sobre salud en Medellín

El Ministerio de Salud concluyó que no existen pruebas suficientes de falta de imparcialidad por parte del superintendente nacional de Salud y dejó en firme sus facultades para adelantar procesos de inspección, vigilancia y control.

Imagen de referencia. Daniel Quintero - Firma documento: Getty Images.

Imagen de referencia. Daniel Quintero - Firma documento: Getty Images.

Imagen de referencia. Daniel Quintero - Firma documento: Getty Images.

El Ministerio de Salud rechazó las solicitudes que buscaban sacar al superintendente nacional de Salud, Daniel Quintero Calle, de las actuaciones relacionadas con el sistema de salud de Medellín y ratificó que podrá continuar adelantando procesos de inspección, vigilancia y control sobre entidades como Metrosalud, el Hospital General y la Secretaría de Salud distrital.

La decisión quedó consignada en la Resolución 000897 de 2026, firmada por el ministro Guillermo Alfonso Jaramillo, luego de estudiar las solicitudes presentadas por el alcalde de Medellín, Federico Gutiérrez; la secretaria de Salud distrital, Natalia López; la gerente de Metrosalud, Adriana María Velásquez; y el gerente del Hospital General de Medellín, Juan David Arteaga.

En los recursos, las acusaciones argumentaban presuntos conflictos de interés, diferencias públicas, denuncias cruzadas y supuestas afectaciones a la imparcialidad del funcionario para ejercer funciones de inspección, vigilancia y control sobre la red hospitalaria de la capital antioqueña.

Sin embargo, el Ministerio concluyó que no se acreditaron las causales establecidas en el artículo 11 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo para apartar a Quintero del ejercicio de sus funciones.

Ministerio descartó conflicto de interés directo

En la resolución, la cartera de Salud señaló que los argumentos expuestos no demostraron la existencia de un interés “claro, suficiente, particular y directo” que comprometiera la objetividad del superintendente nacional de Salud.

El documento también advierte que las diferencias políticas, publicaciones en redes sociales, procesos judiciales o denuncias entre las partes no constituyen automáticamente una causal de recusación ni prueban falta de imparcialidad en actuaciones administrativas concretas.

Además, el Ministerio sostuvo que aceptar esos argumentos implicaría considerar impedido a cualquier jefe de entidad por el solo hecho de enfrentar juicios o controversias públicas, lo que —según la resolución— desnaturalizaría la figura jurídica de los impedimentos y recusaciones.

La decisión también ratifica que el ministro de Salud es la autoridad competente para resolver recusaciones contra el superintendente nacional de Salud, de acuerdo con lo establecido en la Ley 489 de 1998 y la Ley 1437 de 2011.

Con esta determinación, Daniel Quintero mantiene sus facultades para continuar procesos de inspección, vigilancia y control sobre entidades de salud de Medellín. La resolución además establece que contra esta decisión no procede recurso alguno en sede administrativa.

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