Tribunal pone la lupa sobre minas de Cooprocarbón tras accidentes mortales
Tras al menos 10 muertes en minas de Samacá y Ráquira, el Tribunal Administrativo de Boyacá ordenó inspecciones urgentes a todas las operaciones de Cooprocarbón y advirtió fallas en la vigilancia de la Agencia Nacional de Minería y el Ministerio del Trabajo.

mina de carbón. / Caracol Radio (Colprensa)

El Tribunal Administrativo de Boyacá ordenó una fiscalización integral y urgente sobre más de 100 unidades mineras operadas por la Cooperativa Boyacense de Productores de Carbón de Samacá (Cooprocarbón), luego de evidenciar un “escenario de riesgo relevante” por accidentes que dejaron al menos 10 trabajadores muertos entre 2021 y 2024. La decisión se tomó dentro de una acción popular promovida por Dayana Lizeth Aponte Sierra contra la Agencia Nacional de Minería (ANM) y el Ministerio del Trabajo, por presuntas omisiones en las labores de vigilancia y control sobre explotaciones carboneras en Samacá y Ráquira.


En una providencia de 20 páginas firmada por el magistrado Lalo Enrique Olarte Rincón, el despacho revocó una decisión previa que había negado medidas cautelares y concluyó que sí existen elementos suficientes para ordenar acciones inmediatas de prevención. El Tribunal encontró probado que en títulos mineros de Cooprocarbón ocurrieron explosiones, derrumbes, atmósferas contaminadas y accidentes mecánicos que dejaron muertos y heridos graves en minas como Carbodiamante 3, El Mortiño, Carbonapoles 2, Las Quebradas y El Cucharo. Uno de los hechos más graves ocurrió el 4 de febrero de 2022 en la mina Carbodiamante 3, donde una explosión de gas metano y polvo de carbón causó la muerte de cinco trabajadores.
La decisión judicial también deja en evidencia fallas estructurales en la supervisión estatal. El Tribunal advirtió que han pasado cerca de cinco años desde las últimas fiscalizaciones integrales realizadas por la Agencia Nacional de Minería a varios de los títulos explotados por Cooprocarbón. Aunque la ANM realizó visitas posteriores a accidentes y emitió órdenes de suspensión en minas específicas, el despacho concluyó que no existe evidencia suficiente de un seguimiento permanente y preventivo sobre las condiciones de seguridad en las explotaciones subterráneas. «Las visitas han tenido lugar principalmente como respuesta a accidentes o emergencias, y no en el marco de un control preventivo, integral y periódico», señala la providencia.


El expediente también documenta sanciones impuestas por el Ministerio del Trabajo a empresas vinculadas a estas explotaciones. Carbones Especiales Coques Colombianos S.A.S. (Carboescoques) fue multada con más de 83 millones de pesos, mientras que Grincacol S.A.S. recibió sanciones por más de 148 millones de pesos, ambas relacionadas con incumplimientos en seguridad y salud en el trabajo tras accidentes fatales. Sin embargo, el Tribunal consideró que las medidas adoptadas por las autoridades no han sido suficientes para evitar la repetición de tragedias en las minas de Samacá.
Como resultado, el Tribunal ordenó a la Agencia Nacional de Minería y al Ministerio del Trabajo realizar, en un plazo máximo de dos meses, inspecciones completas a todas las minas que operan bajo los títulos 7238, 7239, 7240, 7241 y 7615.


Las entidades deberán identificar cada unidad minera, verificar el cumplimiento de normas de seguridad, revisar si se acataron las medidas correctivas impuestas en años anteriores y suspender labores en caso de detectar riesgo inminente. Además, ambas entidades tendrán que coordinar acciones conjuntas y entregar informes técnicos detallados al despacho judicial.




