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Tribunal ordenó a Petro retractarse de acusaciones sobre presunto fraude electoral

Tiene tres días de plazo para rectificar las acusaciones que ha hecho en sus redes sociales sobre presunto fraude electoral en las elecciones de los años 2014, 2022 y 2026.

Presidente Gustavo Petro. (Photo by Diego Cuevas/Getty Images)

Presidente Gustavo Petro. (Photo by Diego Cuevas/Getty Images) / Diego Cuevas

Presidente Gustavo Petro. (Photo by Diego Cuevas/Getty Images)

Justicia

El Tribunal Administrativo de Cundinamarca le ordenó al presidente de la República, Gustavo Petro, retractarse de las acusaciones que ha hecho en sus redes sociales sobre un presunto fraude electoral.

El alto tribunal le concedió tres días de plazo al jefe de Estado para retractarse de las publicaciones que ha realizado en sus redes sociales sobre supuestas fallas en el sistema electoral durante los comicios de 2014, 2022 y 2026.

“ORDENAR al señor Presidente de la República que, dentro de los tres días siguientes a la notificación de la presente providencia, rectifique por el mismo medio utilizado (red social X) y con características similares las afirmaciones sobre la ocurrencia de fraude electoral en los comicios para Senado de la República de 2014 (partido Mira) y 2022 (coalición Pacto Histórico), y elecciones legislativas de 2026”, se lee en la decisión judicial.

Las medidas cautelares que se impusieron en medio del estudio de la demanda interpuesta por el abogado Ramiro Bejarano establecen que el presidente Petro debe abstenerse de hacer declaraciones o publicar mensajes denunciando irregularidades en el sistema electoral sin tener pruebas.

“ORDENAR al señor Presidente de la República que se abstenga de emitir afirmaciones iguales o similares a las referidas en el ordenamiento anterior, sin evidencia sólida y razonable, con respecto al proceso electoral del 8 de marzo de 2026 y a los venideros de 2026 (primera vuelta presidencial, 31 de mayo de 2026, y eventual segunda vuelta presidencial, 21 de junio de 2026), dirigidas a cuestionar la confiabilidad de la Organización Electoral integrada por la Registraduría Nacional del Estado Civil y el Consejo Nacional Electoral”.

Igualmente, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca le dio la razón a la Procuraduría General de la Nación, que solicitó las medidas cautelares.

Además, se le recordó al presidente Petro que tiene el deber de garantizar que las instituciones del Estado trabajen de manera articulada para el desarrollo de las elecciones y la autonomía de la organización electoral.

“RECORDAR al señor Presidente de la República los deberes que le corresponden como Jefe de Estado, a fin de procurar la colaboración armónica con los demás órganos del Estado en la presente coyuntura electoral, en particular en un contexto de respeto por la independencia de la Organización Electoral, integrada por el Consejo Nacional Electoral y la Registraduría Nacional del Estado Civil”.

Se agregó en la decisión que: “RECORDAR al señor Presidente de la República el deber de utilizar preferentemente medios institucionales, en particular, aunque no exclusivamente, la Comisión de Coordinación y Seguimiento establecida por el alto funcionario mediante el Decreto 800 de 2025, para dar a conocer y tramitar, a través del señor Ministro del Interior, sus observaciones, basadas en evidencia sólida y razonable, sobre la confiabilidad y el funcionamiento de la Organización Electoral”.

Jenny Rocio Angarita

Jenny Rocio Angarita

Nació en Ibagué (Tolima), es egresada de la Universidad de Ibagué de la facultad de Comunicación Social...

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