Responde abogada de empresario por polémica devolución de Isla Fiesta: siempre ha pagado arriendo
María Paula Betancourt, abogada del empresario Andrés Jorge Lisocky, aseguró que no es cierto que el arriendo que pague sea de $ 280.000 pesos sino que es de $ 450.000 pesos.

Responde abogada de empresario por polémica devolución de Isla Fiesta: siempre ha pagado arriendo
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El paraíso de las Islas del Rosario se ha convertido desde hace algunos años en el epicentro de una batalla campal entre el Gobierno y algunas personas. Esta vez el ojo del huracán está en Isla Fiesta.
María Paula Betancourt, abogada del empresario Andrés Jorge Lisocky, respondió en 6 AMW sobre la polémica que ha surgido tras la decisión del Tribunal de Bolívar de devolverle Isla Fiesta, ubicada en Islas del Rosario, pese a que la Agencia Nacional de Tierras (ANT) asegura que este es un paraíso baldío de la Nación, que fue recuperado por la ANT.
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“No sé la información de no pago de dónde surge, toda vez que desde el minuto cero que el señor Lisocky ha estado con vínculos contractuales sobre la Isla Fiesta, siempre se han efectuado los pagos mensuales de arrendamiento”, afirmó.
Asimismo, señaló que en 2015, el entonces INCODER, que tenía la administración de esos bienes baldíos, le concedió a él, como a muchas personas, la posibilidad de ser arrendatario de ese espacio.
Por tanto, el valor del canon de arrendamiento de esta isla por $ 200.000 lo puso INCODER en 2015, según la abogada, de forma “arbitraria y unilateral”, y equivalía al 1% del avalúo que hizo el IGAC.
De hecho, afirmó que ese no es el valor actual, sino que mensualmente el canon es de $ 450.000, “no porque él considere que es lo que quiere pagar o que arbitrariamente estemos diciendo que sea el valor, es el valor que contractualmente se ha venido desprendiendo del contrato que a fecha de hoy día, aún el tribunal administrativo no ha declarado inválido”.

La Isla Fiesta tiene 600 metros cuadrados y está ubicada en Islas del Rosario, frente a Cartagena. Crédito: Cortesía.

La Isla Fiesta tiene 600 metros cuadrados y está ubicada en Islas del Rosario, frente a Cartagena. Crédito: Cortesía.
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La abogada también aseguró que la isla siempre ha sido de uso habitacional, de hecho, así se estipula dentro del contrato, y no para arrendar para uso turístico.
Incluso, afirmó que la isla también ha sido objeto de mejoras por su parte y de cuidado.
Y pese a que existe la resolución 1251 del 4 de agosto de 2006 en el que se declaró indebida la ocupación, por lo que el predio tiene que regresar a la Nación por ser un baldío, afirmó que en 2015 se firmó un nuevo contrato entre las partes y ambas declararon saneadas sus diferencias.
“De hecho, en un artículo de ese contrato se establece claramente que el INCODER reconoce la buena fe y la permanencia del señor Lisocky como arrendatario en el predio. Por ende, esa resolución carece de sentido hoy en día, toda vez que fue subsanada dentro de las partes desde el año 2015”, agregó.
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El asunto, afirmó, es que todavía el contrato es válido, y no está en discusión en esta tutela la legalidad del mismo, la racionalidad del canon de arrendamiento.
“Lo que no se ha visto en el obrar de la Agencia Nacional de Tierras en estas diligencias de desalojo arbitrarias que se han venido realizando. Y eso es lo que manda el fallo: respetar el debido proceso”, remató.
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Luisa María Mercado
Periodista egresada de la Universidad de La Sabana, magíster en asuntos Políticos e Internacionales...




