Juzgado de Cartagena absuelve a cinco exfuncionarios por caso de urbanización ilegal
El proceso se originó tras la tragedia ocurrida el 27 de abril de 2017, con el desplome del edificio Portales de Blas de Lezo II

Portales de Blas de Lezo II(Caracol Radio)

La decisión cobija a los exalcaldes locales Pedro Antonio Buendía Elles y Rodrigo Raúl Reyes Pereira, así como a Jorge Luis Cudriz Pájaro, Gilberto Marrugo Maldonado y Ricardo Javier Castellar Pérez.
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El proceso se originó tras la tragedia ocurrida el 27 de abril de 2017, cuando el desplome del edificio Portales de Blas de Lezo dejó 21 víctimas fatales y destapó un entramado de irregularidades en proyectos inmobiliarios de la ciudad. A raíz de ello, la Fiscalía General de la Nación abrió una investigación para establecer responsabilidades de constructores y servidores públicos encargados de la vigilancia y control.
Durante el juicio, la Fiscalía señaló que los exalcaldes habrían omitido sus funciones de control frente a edificaciones como Shalom, Portales de Caracoles I y II, Brisas de la Castellana y Alpes 31, entre otras, que no cumplían con requisitos legales de licenciamiento. A otros tres exfuncionarios se les atribuyó haber recibido presuntas dádivas para permitir construcciones irregulares y facilitar licencias falsas.
Argumentos de la absolución
Sin embargo, en el juicio oral varios testigos clave se acogieron al derecho a no autoincriminarse, debilitando la teoría del caso. En sus alegatos finales, la propia Fiscalía solicitó la absolución por urbanización ilegal y cohecho, y reconoció la prescripción del delito de prevaricato por omisión.
El despacho concluyó que no se demostró más allá de toda duda razonable que los procesados hubieran actuado con dolo ni que hubieran recibido pagos indebidos. El juez enfatizó que no se aportaron pruebas directas sobre la entrega de dádivas ni elementos suficientes que acreditaran una omisión deliberada en sus funciones.
Principio de presunción de inocencia
La sentencia reafirma el principio de presunción de inocencia, al considerar que las pruebas no alcanzaron el estándar exigido para una condena penal. Con esta decisión, queda en firme el sentido del fallo absolutorio anunciado en noviembre de 2025.

Tatiana Rodríguez
Comunicadora Social y periodista, con más de 10 años de experiencia en Radio y Televisión, actualmente...




