MULTA del Día sin carro y sin moto en Bogotá 2026: horario oficial de la Alcaldía
La capital se prepara para su tradicional jornada de movilidad sostenible. Conozca las excepciones y el horario oficial

Día sin carro // Bogotá // Transmilenio // taxis // Getty Images
Bogotá cumple 26 años impulsando el Día sin carro y sin moto, una iniciativa que busca fomentar el uso del transporte público, la bicicleta y reducir significativamente los niveles de contaminación en la ciudad.
Para este 2026, la administración distrital ha confirmado que la jornada se llevará a cabo el primer jueves de febrero, siguiendo lo establecido en el decreto 036 de 2023.
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¿Cuándo y a qué hora es el Día sin carro en Bogotá 2026?
La primera jornada del año se desarrollará el jueves 5 de febrero de 2026. El horario de restricción para la mayoría de vehículos particulares y motocicletas será el habitual: desde las 5:00 a. m. hasta las 9:00 p. m..
Durante estas 16 horas, se espera que los ciudadanos opten por medios alternativos de transporte, aprovechando la infraestructura de ciclorrutas y el sistema masivo de la ciudad para reducir el impacto ambiental.
Multas 2026: El costo de infringir la medida del día sin carro en Bogotá
Es importante que los conductores estén atentos, ya que este año la sanción económica es más costosa que en 2025. El incumplimiento de la restricción está catalogado como la infracción C 14 del Código Nacional de Tránsito: “Transitar por sitios restringidos o en horas prohibidas”.
Según la Secretaría de Movilidad, los valores para este año son:
• Multa económica: $633.200 (frente a los $604.100 del año anterior).
• Sanción adicional: El vehículo o motocicleta será inmovilizado y llevado a los patios.
¿Qué vehículos NO pueden circular en el día sin carro y moto en Bogotá 2026?
A diferencia de otros años o de la medida de pico y placa diaria, en esta jornada se restringen vehículos que habitualmente tienen beneficios. No podrán circular:
• Carros y motos particulares.
• Vehículos de escuelas de conducción.
• Vehículos híbridos y dedicados a gas.
• Vehículos con permiso de Pico y placa solidario (el cual se repone automáticamente por el sistema).
• Taxis que tengan pico y placa ese día.
• Vehículos de medios de comunicación con placa amarilla.
Lista de vehículos que sí pueden circular en 2026
El decreto contempla un grupo de vehículos que, por su naturaleza o servicio, están autorizados para transitar:
1. Transporte público.
2. Vehículos para el transporte de personas con discapacidad.
3. Vehículos de emergencia (ambulancias, bomberos).
4. Transporte escolar plenamente identificado.
5. Vehículos con capacidad para más de 10 pasajeros.
6. Operativos de empresas de servicios públicos domiciliarios.
7. Vehículos de control de tráfico y grúas de la Secretaría de Movilidad.
8. Caravana presidencial y esquemas de seguridad del Estado (Policía, Militares, CTI).




