Justicia

Tribunal rechazó tutela de Ricardo Roa contra el CNE por caso de violación de topes

El demandante aún tiene otras vías judiciales para controvertir

Ricardo Roa en la sede de Ecopetrol, en Bogotá, Colombia, el 1 de abril.

Ricardo Roa en la sede de Ecopetrol, en Bogotá, Colombia, el 1 de abril.

JUDICIAL

El Tribunal Superior de Bogotá negó por improcedente una tutela con la que Ricardo Roa buscaba retrotraer la investigación y de paso la sanción que el Consejo Nacional Electoral impuso a la campaña Petro 2022 por violación de topes.

Ricardo Roa alegó que el Consejo Nacional Electoral (CNE), supuestamente le vulneró los derechos al debido proceso y a la defensa.

Manifestó que varias pruebas que solicitó no fueron practicadas por el CNE y por ello debía retrotraerse el proceso.

Al analizar el caso, los magistrados del Tribunal rechazaron de plano esa tutela, porque ese es el último recurso al que se acude para defender un derecho fundamental vulnerado cuando se agotan todas las vías jurídicas.

En este caso, Roa aún tiene otros mecanismos para controvertir la decisión del Consejo Nacional Electoral, puede demandar ante el Consejo de Estado. Es decir, el demandante cuenta con un medio de defensa judicial en el que podrá debatir la inconformidad que alega.

“Igualmente, no está probado que la decisión de 27 de noviembre del año en curso afectó la reputación de Ricardo Roa Barragán y que, por esto, ha perdido su empleo, su mínimo vital se ha visto afectado o le ha impedido obtener un trabajo. Lo anterior para poner de presente que no se acreditó el daño y menos aún cómo afecta otros intereses de rango constitucional que hagan procedente el amparo al menos de forma transitoria”.

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