Justicia

Los riesgos que advierten los fondos privados si la Corte Constitucional tumba la reforma pensional

A la fecha se han trasladado 110.035 afiliados desde fondos privados hacia Colpensiones, y 3.643 en sentido contrario.

Presidente de la Corte tiene lista la ponencia de la Reforma Pensional: decisión saldría en marzo.

Presidente de la Corte tiene lista la ponencia de la Reforma Pensional: decisión saldría en marzo.

JUSTICIA

La Asociación Colombiana de Administradoras de Fondos de Pensiones y de Cesantías (Asofondos) solicitó a la Corte Constitucional considerar la modulación de los efectos de un eventual fallo que tumbe la Ley 2381 de 2024, mejor conocida como Reforma Pensional.

Indican que una decisión inmediata de inconstitucionalidad por parte del Alto Tribunal, podría generar graves afectaciones al ahorro pensional, al mercado de valores y a la sostenibilidad financiera del sistema de pensiones.

En una carta dirigida al magistrado Jorge Enrique Ibáñez, presidente de la Corte Constitucional, el gremio recordó que el artículo 76 de la Reforma Pensional permitió que afiliados a menos de diez años de la edad de jubilación y con al menos 750 semanas cotizadas (mujeres) o 900 (hombres) pudieran trasladarse entre regímenes pensionales.

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Según cifras reportadas por las Admistradoras de Fondos de Pensiones (AFP) a la fecha se han trasladado 110.035 afiliados desde fondos privados hacia Colpensiones, y 3.643 en sentido contrario, generando un volumen de ahorro acumulado cercano a $25 billones de pesos.

Riesgos financieros y de mercado

Asofondos advirtió que si la Ley 2381 se tumba sin modulación, los recursos de esos afiliados deberían liquidarse y transferirse en efectivo a Colpensiones de manera inmediata, dado que dicha entidad no está autorizada para administrar títulos o activos financieros.

El gremio alertó que una liquidación acelerada de activos por más de $25 billones, de los cuales cerca del 71% está invertido en Títulos de Tesorería (TES), provocaría una venta masiva de deuda pública, generando:

  • Caída en los precios de los TES.
  • Aumento en las tasas de interés.
  • Deterioro del valor del fondo conservador, que podría afectar a más de la mitad de los afiliados próximos a pensión.
  • Mayor costo de financiamiento para el Gobierno.

“En el corto plazo, estos recursos reducirían temporalmente el déficit de Colpensiones y, por ende, la transferencia que el Gobierno debe efectuar en 2026, liberando fondos para otros usos presupuestales. Sin embargo, este beneficio transitorio se obtiene mediante la utilización del ahorro pensional acumulado por los afiliados, lo que crea un pasivo diferido: cuando estas personas se pensionen, sus mesadas deberán ser atendidas por el erario, dado que su ahorro ya habrá sido consumido“, dice la Carta dirigida al magistrado Ibáñez.

Solicitud de moderar los efectos del fallo

Asofondos pidió que en caso de declararse la inexequibilidad de la Ley 2381, la Corte disponga que el traslado de los recursos de quienes se acogieron a la ventana de traspasos se realice únicamente al momento de su pensión, tal como lo prevé la regulación vigente.

La medida sería temporal, mientras el Gobierno expide la normatividad técnica que permita realizar el traslado gradual sin afectar la estabilidad del sistema de pensiones ni del mercado de valores.

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